El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 480 votos, el dictamen que considera como violencia digital la acción dolosa de amenazar, chantajear, coaccionar o extorsionar a una mujer a exhibir contenidos sexuales sin consentimiento previo, por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
Se amplía el concepto de violencia digital
Al argumentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Igualdad, la morenista Julieta Vences, recordó que, en 2021, la lucha de colectivos y feministas logró posicionar la llamada Ley Olimpia, un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violenten la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
La legisladora afirmó que este dictamen fortalece dicha ley, al incluir las acciones de coacción que tienen como objetivo obligar a las víctimas a realizar determinada acción o a entregar ciertas cantidades de dinero bajo la amenaza de publicar o compartir imágenes íntimas.
Vences advirtió que las mujeres, niñas y adolescentes son las principales víctimas de este tipo de delitos y a quienes más les afecta en su vida privada y social.
Agregó que, de acuerdo con el Inegi, 36.4% de las mujeres de entre 20 y 29 años de edad que utilizaron Internet en 2019 fueron víctimas de ciberacoso en los últimos doce meses, frente al 27.2% de los hombres. Además, se estima que 70% de las víctimas son adolescentes y mujeres, por lo que las “afecta de forma desproporciona por su propio género”.
La adición al Artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.