Una persona extranjera que desea laborar y obtener un ingreso en territorio mexicano deberá de contar con un “Permiso de Trabajo” que expide el Instituto Nacional de Migración (INM)
¿Quién puede solicitar un Permiso de Trabajo?
De acuerdo al portal de trámites del Instituto Nacional de Migración (INM) es “aplicable a la persona extranjera residente temporal o residente temporal estudiante que pretenda trabajar”.
Pasos a seguir para la obtención de Permiso de Trabajo
Deberás de entrar al portal de trámites del INM el cual es el siguiente: https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html?a=Mz47PtTr1NI%3D&h_sdp00=giUnJ9XgtISVcdYJXduIGw%3D%3D
Una vez que hayas entrado deberás dar click al icono de “Requisitos Permiso de Trabajo”.
Posteriormente deberás de llenar un formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, impreso y con firma autógrafa de la persona promovente.
Para el caso de menores de 18 años, el formato de solicitud deberá ser firmado por la madre, padre o quien ejerza la patria potestad, la tutela o la curatela.
- Llenar la información seleccionando el tipo de trámite y modalidad:
- ¿Qué desea hacer? Obtener permiso para trabajar
- Seleccione: Obtener permiso para trabajar con empleador u; Obtener permiso para trabajar (actividades independientes/autoempleo)
Nota: Los documentos que se adjunten para cumplir con requisitos deberán relacionarse y anotarse en el formato de solicitud del trámite en el apartado de comentarios.
Requisitos:
1. Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante vigente. Original.
2. Comprobante que acredite el pago de derechos, de acuerdo con la Ley Federal de Derechos y demás disposiciones jurídicas aplicables para obtener el permiso de trabajo. Origial y Copia.
3. Solicitar el permiso de trabajo acreditando alguno de los siguientes supuestos:
-3a. Carta oferta de empleo en papel membretado de persona física o moral en la que se indique actividad a realizar, temporalidad requerida, lugar de trabajo y los datos de la constancia de inscripción del empleador debidamente actualizada. Original.
-3b. En caso de actividades independientes, deberá adjuntar:
Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste la ocupación a la que se dedicará y el lugar en el que desarrollará las actividades propias de su ocupación. Original.
Comprobante de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Copia.
4. El residente temporal estudiante además de los requisitos previstos en los numerales 1, 2 y 3a, deberá presentar carta de conformidad de la institución educativa correspondiente. Lo anterior siempre y cuando, realice estudios de nivel superior, posgrado e investigación y la ocupación que pretenda desarrollar se encuentre relacionada con la materia de sus estudios. Original.
5. En el caso de mayores de quince y menores de dieciocho años de edad, adicionalmente deberán exhibir los permisos o autorizaciones previstos en la normatividad laboral. Original.
Importante:
Escrito para trabajar de manera independiente.
El permiso de trabajo para un residente temporal estudiante únicamente será aplicable cuando cuente con una oferta de empleo y no así para desarrollar actividades de manera independiente.
En caso de renovar el documento migratorio correspondiente, éste no se renovará por el permiso de trabajo, sino que debe acreditar el supuesto por el que originalmente se la autorizó la condición de estancia.
El documento migratorio se expedirá por la temporalidad original que se había emitido.
Pago de Derechos
Por recepción, estudio y, en su caso, autorización de Permiso de Trabajo el costo sera:
- A Residente Temporal $3,558.00 MXN
- A Residente Temporal Estudiante. $3,558.00 MXN
Importante:
La hoja de ayuda se deberá llenar atendiendo a las siguientes especificaciones:
Corroborar que corresponda con el tipo de trámite solicitado,
Registrar exactamente los nombres y apellidos completos con los que se está identificando la persona extranjera en la solicitud de trámite. (Sin importar la cantidad de nombres y apellidos);
En caso de menores de edad, se deberá registrar el pago con los nombres y apellidos de los menores;
Se sugiere revisar exhaustivamente los recibos de pago que emitan las instituciones bancarias, a fin de que no medie error en los datos de identificación de la persona.
Seguimiento de trámite
Si tu trámite quedó pendiente de resolución el día que se ingresó, podrás darle seguimiento con el correo electrónico anotado en la solicitud, tener a la mano tu número de pieza y contraseña que se te envió de manera electrónica.