La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) que inicie un proceso de investigación por presuntas violaciones a los derechos humanos cometidos por parte de la Policía Federal (PF) durante el sexenio de Felipe Calderón.
El órgano señaló, a través de la recomendación 73VG/2022, que los presuntos actos violatorios por investigar son tortura y retención ilegal en agravio de una víctima, mismos que tuvieron lugar en Pátzcuaro, Michoacán, el 5 de noviembre de 2010, en pleno apogeo de la llamada “Guerra contra el narco”.
De acuerdo a la queja CNDH/2/2021/1255/VG, la Comisión Nacional estima conveniente precisar que, si bien los hechos ocurrieron en el año de 2010, los actos violatorios graves de derechos humanos consisten en actos de tortura, por lo que no se encuentra sujeto a plazo alguno para su indagación.
Asimismo, indicó que una persona denunciante detalló que durante esos actos la tuvieron incomunicada y, posteriormente, la expusieron ante los medios de comunicación para, finalmente, ser presentada al día siguiente ante la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR).
Prohibición de la tortura
Respecto a la prohibición de la tortura se describe con mayor detalle en la Convención contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), de 1984, la cual prohíbe la tortura de forma meridianamente clara.
“No hay circunstancias excepcionales en absoluto, ya se trate de un estado de guerra o una amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública. Ninguno de estos argumentos puede ser invocado para justificar la tortura”, señala el texto.