Nacional

Estados pueden fijar cobro para ampliar horarios de venta de bebidas alcohólicas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que impedía a los Gobiernos estatales el cobro de derechos por la ampliación de horario a los establecimientos de venta de bebidas alcohólicas.

De esta forma, en la sesión remota de este martes, el Pleno de la Corte determinó que las entidades federativas están facultadas para establecer derechos por la ampliación de horarios para establecimientos donde se vendan bebidas alcohólicas al público en general.

Al resolver un recurso de inconformidad interpuesto por el Gobierno de Michoacán contra la resolución del SAT que acusaban a la entidad de incumplir con las disposiciones del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, al mantener en vigor el cobro por la extensión de horario a la venta de bebidas embriagantes, el Pleno resolvió que la ley prevé el derecho de los estados a ejercer dicho cobro.

Sin embargo, reiteró que la propia ley prevé diversas excepciones, entre otras, la que está dirigida a los establecimientos y locales cuyos giros sean la enajenación o prestación de servicios que incluyan el expendio de bebidas alcohólicas, siempre y cuando se efectúen total o parcialmente con el público en general.

En esa medida, por excepción a la prohibición establecida en la norma, las entidades federativas conservan la facultad de cobrar derechos por la autorización de funcionamiento de horario extraordinario a giros con venta de bebidas alcohólicas al público en general.

 

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