Este martes 5 de marzo, de manera unánime, con 79 votos, el Senado de la República aprobó una reforma para establecer un salario base para personas deportistas profesionales y no se establezcan diferencias entre mujeres y hombres, de esta forma garantizar la paridad salarial.
Con esta reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) se establece igualdad de salarios entre hombres y mujeres de diferentes deportes incluyendo a futbolistas.
¿Qué significa esto? Que con esta modificación se obliga a los clubes deportivos a contar con un salario base igual para los deportistas sin importar el género.
Cabe mencionar que será la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la encargada de fijar el salario base que deberán percibir los deportistas; lo cual se realizará a través de un diálogo social con federaciones y agrupaciones deportivas.
“La reforma establece la creación de un salario base, para trabajos iguales, sin importar diferencias, sexo, edad, condición social, de salud, de religión, estado civil o cualquier otro que atente contra”, expresó Napoleón Gómez Urrutia, senador de Morena.
El dictamen aprobado por el Senado, menciona que tiene un área de oportunidad en cuanto a la perspectiva de género e inclusión.
“La política deportiva en nuestro país muestra un área de oportunidad en lo concerniente a la perspectiva de género, inclusión de las mujeres y no discriminación por razón de género. En este sentido es que se argumenta sobre la importancia que radica en la diferencia de salarios entre mujeres y hombres por la realización de un trabajo de igual valor”, señala el dictamen.
Es importante señalar que la reforma aplica para todas las personas deportistas sujetas a “una relación de trabajo obteniendo una remuneración económica por su práctica”, esto significa que los clubes de la Liga MX o la Liga Mexicana de Softbol son algunos de los empleadores que deben cumplir con la nueva medida.
No obstante, en la reforma también se reconoce que la remuneración total puede diferir ya que los deportistas pueden recibir “aportaciones adicionales derivadas de la categoría de los eventos o funciones, de los equipos o de la experiencia en el deporte profesional”.