La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-038-STPS-2024, que regula las condiciones laborales de menores de edad en sectores agrícolas y afines.
Lo anterior responde a la reforma del artículo 176, fracción II, numeral 8, de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2022.
La regla en cuestión, indica que las labores de tipo administrativo son las únicas de bajo riesgo en las que podrán participar las y los menores de edad en actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvicultura, de caza y pesca.
Puntos clave de la NOM-038-STPS-2024
1. Labores de bajo riesgo para menores: La norma establece que las únicas labores consideradas de bajo riesgo para menores son las administrativas en actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca.
Se excluye la participación de menores en cualquier operación que implique el uso de equipos o maquinaria peligrosa, exposición a químicos o a temperaturas extremas, posturas forzadas, entre otros.
2. Clasificación de labores peligrosas: La norma continúa clasificando como peligrosas e insalubres las actividades realizadas en condiciones térmicas extremas, con exposición a agentes químicos, en campo abierto con condiciones climáticas extremas, que requieren esfuerzo físico moderado y pesado, o que implican posturas forzadas.
3. Protección de los derechos de los menores: En México, los derechos de los menores están protegidos por la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, específicamente el Convenio C-138 sobre la edad mínima y el Convenio C-182 sobre las peores formas de trabajo infantil.
4. Cumplimiento y sanciones: La autoridad federal exhorta a los empleadores a cumplir con la legislación laboral y las normas relativas al trabajo de menores.
Los centros de trabajo que empleen a menores de edad en el sector agrícola sin cumplir con esta norma y las demás reservas establecidas en la Ley Federal del Trabajo estarán sujetos a sanciones conforme a la normatividad federal.
Esta normativa tiene como objetivo salvaguardar el interés superior de la niñez, alineándose con el marco normativo nacional e internacional y respetando los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad establecidos en la Constitución Federal.