La despenalización del aborto se oficializó en Puebla después de que se publicaron las reformas al Código Penal en el Periódico Oficial del Estado, por lo que desde el pasado 15 de agosto la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas gestación no puede ser criminalizada ni penada.
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— Periódico Oficial del Estado de Puebla (@POE_Puebla) August 16, 2024
La reforma, de acuerdo con el Periódico Oficial del Estado, modificó los artículos 339, 340, 341, 342, y 343 del Código Penal de Puebla a fin de garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas gestantes, así como su posibilidad a decidir sobre su cuerpo sin enfrentar consecuencias penales.
“El derecho a decidir otorga dignidad a las mujeres y personas gestantes, por tanto, el Estado debe garantizar su derecho a la educación sexual, el acceso a la interrupción del embarazo realizado por profesionales de forma segura y gratuita, y en condiciones de calidad”, detalla.
Entre las sanciones que se aplicarán, detalló el documento oficial, van desde los seis meses hasta un año de prisión a aquellas mujeres o personas gestantes que interrumpan su embarazo después de la semana 12. Mientras que la persona que realice un aborto sin el consentimiento de la mujer, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión.
En las excluyentes del delito de aborto, se adiciona la inseminación artificial no consentida o abuso sexual, así como cuando a juicio de un médico especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan poner en riesgo la vida de la mujer o persona gestante.
Fue el pasado 15 de julio cuando el Congreso de Puebla aprobó las modificaciones al Código Penal, convirtiéndose así en el estado número 14 en México en permitir la interrupción legal del embarazo.
El dictamen que impulsó este avance anteriormente había sido aprobado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.