Las dos iniciativas de reforma que envió la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, las leyes secundarias de la reforma judicial, fueron aprobadas en lo general y en lo particular en las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos en el Senado de la República, por lo que ahora pasarán al Pleno para su discusión.
Se trata de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación (PJF) y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que establecen la ruta para la elección de jueces, juezas, magistradas, magistrados y la totalidad de las y los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“Democratizar el Poder Judicial de nuestra Nación no debería ser ningún estigma, por el contrario, democratizar la elección de quienes imparten justicia en sus diferentes ámbitos, es construir un piso mínimo para que la justicia sea en realidad asequible para las mayorías”, precisó Margarita Valdez, presidenta de la Comisión de Gobernación.
Por su parte, Enrique Inzunza, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, destacó que el objetivo principal es que la ciudadanía participe en la elección de jueces, juezas, magistradas y magistrados “a través de procesos democráticos, mediante elecciones libres auténticas y por sufragio universal, libre y secreto”.
Durante el debate a favor y en contra, la oposición y el oficialismo dieron sus argumentos.
“¿Qué más van a permitir estas reformas? Pues que las personas juzgadoras sean responsables por sus decisiones de cara a la sociedad, porque recuerden que el pueblo pone y el pueblo quita”, sentenció Martha Lucía Mícher, senadora de Morena.
El senador panista, Ricardo Anaya, apuntó que esta legislación secundaria “le mete turbo al autoritarismo” y resaltó que lo que está en juego es la República.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla la forma en que se elegirán a las y los juzgadores, la emisión de la convocatoria, la conformación de los comités de evaluación de las candidaturas, las listas de las y los postulados y los tiempos de campaña.
Mientras que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral contempla los procedimientos, requisitos y causales para anular una elección, la forma en que procederá o no, así como los plazos para presentar un juicio de inconformidad.