La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó opinar sobre la constitucionalidad de la reforma judicial solicitada por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara.
En una votación de tres votos contra dos, los magistrados determinaron que el tema pertenece al derecho constitucional, área fuera de su jurisdicción, que está limitada a asuntos de derecho electoral.
El ministro González Alcántara presentó su proyecto de sentencia en el que analiza supuestos vicios de procedimiento en la reforma judicial y la posible vulneración de la independencia del Poder Judicial.
Sin embargo, los magistrados del TEPJF señalaron que su opinión carecía de lugar en este contexto, al no involucrar una ley con implicaciones electorales.
La resolución subraya que el Tribunal emitirá opiniones en acciones de inconstitucionalidad únicamente sobre leyes electorales, cuando la SCJN lo requiera.
La resolución del Tribunal se dio el mismo día en que el ministro envió la solicitud, destacando que “esta sala superior considera improcedente emitir opinión especializada, ya que el análisis compete al derecho constitucional“.
La sentencia aprobada en sesión privada establece que el tema en cuestión no corresponde a una ley general o local con contenido electoral, sino a normas y reformas constitucionales.
De forma reciente, el Tribunal también avaló la continuación del proceso de elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación, previsto para el 1 de junio de 2025, luego de la incertidumbre generada por suspensiones provisionales concedidas en torno a la reforma judicial.