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Declaran constitucional reforma que prohíbe vapeadores y fentanilo

Con los votos aprobatorios de 22 legislaturas locales, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente declaró adicionados los artículos 4 y 5 de la Constitución Política.

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró la validez constitucional de las reformas que prohíben los cigarrillos electrónicos, vapeadores, precursores químicos y el uso ilícito del fentanilo.

Con el respaldo de 22 congresos locales, la Mesa Directiva turnó la reforma al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su entrada en vigor.

“Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales; te hemos cumplido, pueblo de México” afirmó Gerardo Fernández Noroña, vicepresidente en funciones de presidente de la Comisión Permanente.

Las legislaturas locales que aprobaron la prohibición de vapeadores y fentanilo son Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas notificaron su voto a favor.

Sobre la reforma que prohíbe vapeadores y fentanilo

El decreto adiciona un quinto párrafo al artículo 4 y un segundo párrafo al artículo 5 de la Constitución, estableciendo que:

  • Se sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y sistemas similares.
  • Se prohíbe la producción, distribución y venta de sustancias tóxicas, precursores químicos, y drogas sintéticas no autorizadas, incluyendo el uso ilícito del fentanilo.
  • Queda prohibida cualquier actividad comercial, industrial o laboral vinculada con los productos o sustancias señalados en la reforma.
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