Nacional

SCJN resuelve que hubo explotación en caso de gestación subrogada

La SCJN dictó medidas para proteger a la madre biológica de un contrato de subrogación, quien fue víctima de explotación.

El caso de unos gemelos nacidos por gestación subrogada o vientre de alquiler llamó la atención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que dictó medidas para proteger a la madre biológica, quien fue víctima de explotación ante cláusulas abusivas establecidas en el contrato de gestación subrogada.

Las autoridades civiles de Jalisco se negaron a registrar a los gemelos con los apellidos de la madre que pagó por el vientre subrogado, quien interpuso un juicio de amparo al que se sumó la madre biológica.

El asunto llegó el pasado 9 de julio a la Primera Sala de la Corte, que descubrió una serie de injusticias en el “Contrato de Reproducción Humana Asistida Altruista” firmado por ambas partes, por ejmeplo, no existía evidencia de que la madre biológica hubiera recibido asesoría legal, lo que la colocó en una situación de vulnerabilidad.

Asimismo, el contrato imponía penalizaciones económicas significativas -no se menciona la cantidad- si suspendía el embarazo o si perdía al producto -en este caso a los gemelos- por negligencia.

También restringía la libertad y autonomía a decidir sobre su cuerpo; la comprometía a no fumar, beber o tomar medicamentos no autorizados que pudieran dañar al bebé, lo cual constituye formas de violencia de género, de acuerdo con los ministros que analizaron el caso.

A esto se sumana que una cláusula de confidencialidad negaba los gemelos conocer su origen biológico, bajo amenazas de acciones legales e incluso penales contra la madre gestante, lo cual -resolvió la Corte- la colocaba en situación de sometimiento.

Frente a este panorama, las y los ministros ordenaron que la madre biológica reciba asesoría legal por un agente de la Procuraduría Social de Jalisco y contar, si así lo decide, con su propio abogado o abogada para manifestar su consentimiento de haber participado en el proceso y que no se le atribuya la filiación de los gemelos ni reclamar derechos sobre ellos.

De igual manera, la Procuraduría Social del estado deberá informarle que fue víctima de explotación y podrá buscar una indemnización por la vía civil, si considera que las cláusulas del contrato le ocasionaron un daño físico o moral.

Finalmente, la SCJN resolvió que las actas de nacimiento de los gemelos llevarán los apellidos de la madre que pagó el vientre subrogado que pagó.

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