El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional, por unanimidad, la obligatoriedad del uso del cubrebocas, mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, para proteger y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía. Al iniciar el análisis de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, contra diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Nuevo León, el Pleno del máximo tribunal estableció que la norma ordenada por el Congreso local y el gobierno estatal no contraviene la Constitución ni invade facultades del Congreso de la Unión. Las y los ministros de la SCJN señalaron que las porciones impugnadas de los artículos 119 y 129 de la Ley estatal no violentan las disposiciones de la Carta Magna ni las disposiciones federales en la materia, ya que en los 12 acuerdo para la emergencia sanitaria, emitidos por la Secretaría de Salud federal, se hace referencia a la obligatoriedad del uso del cubrebocas. En su demanda de inconstitucionalidad, la CNDH impugna el decreto que reformó la Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, que establece una multa de hasta 20 veces el valor diario de la unidad de medida o un arresto administrativo de hasta 36 horas, para las personas que no porten el cubrebocas en lugares públicos. En la sesión del jueves próximo, el Pleno de la Corte continuará con la discusión sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la CNDH.
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