Casos de Corrupción

Recomendaciones por asesinato del adolescente Alexander a manos de la policía

Alexander Martínez fue asesinado el 9 de junio del 2020 por las balas de la policía municipal. Él y otros jóvenes paseaban en sus motocicletas, ninguno iba armado ni haciendo algún desastre, la mayoría eran compañeros de futbol y de la localidad. En su camino se les cruzó una patrulla con las luces apagadas de la que bajaron los policías municipales y comenzaron a disparar contra los adolescentes.

 

El único que recibió un impacto de bala fue Alexander. Durante el proceso los policías locales y ministeriales alteraron la escena del crimen e incluso querían sembrar un arma al cadáver del joven. En comunicados oficiales, el municipio admite el asesinato, pero se justifica diciendo que fue un accidente, pues el arma del policía cayó al suelo y se detonó por si sola. Después de unos días confirmaron que el asesinato fue arbitrario y con dolo.

 

La Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió una serie de recomendaciones tras la ejecución arbitraria de Alexander Martínez. La Recomendación 01/2021 por el caso violencia policiaca que constituyo la ejecución arbitraria de la vida por el uso ilegal de la fuerza y la posterior falta de acceso a la verdad y la justicia, fue presentada hoy para que el municipio de Acatlán de Pérez Figueroa, Oaxaca y su fiscalía cumplan con los puntos de este documento.

 

En la ejecución del joven hay cinco policías involucrados, pero sólo uno ha sido procesado por el delito de homicidio calificado. Sin embargo, Bernardo Rodríguez, el titular de la Defensoría, remarcó que es fundamental la tipificación del delito de “Ejecución Arbitraria” pues la ausencia del mismo impide que este tipo de casos sean analizados, investigados, probados y razonados en su justa dimensión como un acto ilícito de privación de la vida cometido por agentes del Estado en ejercicio del uso de la fuerza y armas letales. 

 

En la recomendación que emitió la Defensora de Oaxaca hicieron 14 puntos recomendatorios.

 

Que el municipio y la fiscalía tienen que cumplir: 

 

  1. En un plazo de los 40 días hábiles después de aceptar la recomendaron el Municipio Acatlán en coordinación con la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) deberán reparar integralmente el daño a las víctimas directas o indirectas.
  2. El municipio y la FGEO tendrán que hacer un acto de reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública con características definidas por la Defensora en esta recomendación.
  3. En plazo de 5 días deberá estar disponible esta recomendación en la página web del H. Ayuntamiento y la FGEO.
  4. El municipio deberá dar vista a asuntos internos de SSP Oaxaca para que se inicie el expediente en el se determinen las infracciones al régimen disciplinario que incurrieron los elementos de la policía municipal.
  5. La SSP de Oaxaca deberá garantizar y verificar que el total de policías municipales cumplan con los requisitos constitucionales y legales para su ingreso al Centro Estatal de Control y Confianza.
  6. Implementar un programa de capacitación para todos los integrantes de la policía municipal en temas de DDHH y seguridad ciudadana y se sensibilicen en la atención a grupos en vulnerabilidad como niños, niña y adolescentes, con estándares en materia del uso de la fuerza y responsabilidades jurídicas derivadas de la misma
  7. En un plazo razonable y con servidores públicos capacitados en la investigación penal de hechos por violaciones graves a los derechos humanos se deberá continuar con la investigación relacionada con la carpeta 18130-FCUE-Acatlan2020 de una manera seria imparcial y sujetas al debido proceso. Así como la relación con la manipulación y procesamiento de evidencias en los hechos que privaron de la vida al adolescente.
  8. Que se instruya la visitaduría general a que se respete el debido proceso y se pueda determinar la responsabilidad administrativa y en su caso se apliquen las sanciones que pudiera hacerse acreedor el personal, ministerial, pericial y de la agencia estatal de investigaciones.
  9. Se emita un instrumento administrativo de observancia general y la investigación de los delitos por violaciones graves a los derechos humanos, como muertes ilícitas o sospechas de desaparición forzada.

 

Alexis, el hermano del joven asesinado comento “Al cuerpo de mi hermano no solo lo privaron de la vida, sino que la actuación de la fiscalía ha sido nula en el caso durante estos 10 meses. Mi hermano merece que su memoria perdure y que sea recordado por las personas de Oaxaca, de México y del mundo por el crimen de lesa humanidad que cometió el Gobierno. Él merece una disculpa al igual que mi familia. Lo que le hicieron no fue un accidente fue una ejecución extrajudicial. Fue el municipio y la policía de Oaxaca. Justicia para Alexander”.

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