Economía

¿Cómo hacer cambios en el recibo de luz? Aquí te decimos los pasos para el trámite

Hay distintos motivos para efectuar cambios, por ejemplo, por fallecimiento, arrendamiento y divorcio, cada uno tiene sus propios requisitos

Hay ocasiones en que, por diversas circunstancias, deseamos cambiar el nombre del titular de nuestro recibo de luz, pero no sabemos cómo hacerlo. No te angusties, aquí te damos los tips más básicos para hacerlo. No olvides que este recibo es útil porque funciona como comprobante de domicilio para realizar diversos trámites. En ese sentido, es indispensable que contenga los datos correctos.

No dejar deudas, es indispensable

Por lo general, cuando una persona cambia de residencia, suspende el contrato con la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la casa anterior. Sin embargo, no es recomendable, puesto que implica costos tanto al viejo como al nuevo inquilino. Asimismo, es necesario que aprendas cómo cambiar el titular del contrato de la luz de CFE para evitar problemas más adelante y ahorrarte una buena cantidad de dinero, que supondría cancelar el servicio y tener que darlo de alta de nuevo. De acuerdo con recibodeluzmexico.com.mx, los motivos para hacer un cambio de titular, son diversos, aquí desglosamos cada una de las causas con sus requisitos.

¿Cómo cambiar el titular del contrato de la luz?

Primero, debes acudir a una oficina de la CFE del sitio en el que se encuentre la vivienda. Lamentablemente y, pese la pandemia, este trámite debe ser presencial obligatoriamente. La solicitud debe ir acompañada de la documentación necesaria para realizar correctamente el trámite. Dependiendo de la causa por la que se quiera cambiar el nombre del titular del contrato, será necesario presentar una documentación u otra. De este modo quedaría así:
  • Si el cambio de nombre es por Propiedad Arrendada. No deberá haber adeudos. Se requiere copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT); documento por escrito dirigido a CFE Suministrador de Servicios Básicos, argumentando los motivos por los cuales se quiere realizar el cambio de nombre, (En la página del portal ‘Tarifas de luz’, podrás descargar un modelo); copia del contrato de arrendamiento; carta poder (en caso de no ir a realizar el trámite el titular del contrato de arrendamiento); copia de la credencial del INE del titular del contrato de arrendamiento, y foto actual de lectura del medidor.
  • Si el cambio de titular es por compra-venta de la propiedad. No debe haber adeudos. Copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT); documento por escrito dirigido a CFE SSB argumentando los motivos por los cuales se quiere realizar el cambio de nombre; copia del predial (en caso de tenerlo); copia del contrato de compra-venta de la vivienda en propiedad; copia de la credencial del INE del titular del predio; y foto actual de lectura del medidor.
  • Si es por fallecimiento del titular. Acta de defunción del titular para confirmar que se ha producido el deceso: datos personales del fallecido (sus nombres y apellidos y documento acreditativo de identidad fundamentalmente); los datos personales del nuevo titular del servicio (sus nombres y apellidos y documento acreditativo de identidad), nuevo número de la cuenta bancaria en la que se cargarán los recibos a partir de ahora; el código universal del punto de suministro que aparece registrado en el último recibo de pago de luz.
  • Si es por un divorcio. Serán los mismos que los citados en propiedad arrendada, si bien se deberá aludir a esta causa en la carta. El ex cónyuge que se ha quedado a vivir en la casa tendrá que ser el responsable del pago del recibo de luz. En caso de que ambos abandonen el hogar, el titular del servicio será el responsable hasta que llegue un nuevo propietario o inquilino. O bien pudieran cancelar el contrato CFE.
Si hay dudas se puede llamar al 071 con atención directa al cliente de la CFE o bien en sus redes sociales.

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