El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga al 31 de diciembre de 2022 para que los contribuyentes realicen distintos trámites, con la finalidad de que cumplan adecuadamente con los procesos.
De acuerdo con el SAT, el propósito es otorgar facilidades a los contribuyentes, por lo que los trámites que serán prorrogados son los siguientes:
- Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.
- El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
- Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
- Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
- Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.
“El SAT es una institución que constantemente busca mejoras, por esta razón, para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas”, puntualizó el órgano fiscal.