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SAT anuncia renovación obligatoria de e.firma a partir de 2025

A partir de enero de 2025, el SAT implementará cambios para los contribuyentes, incluyendo la renovación obligatoria de la e.firma.

A partir de enero de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará cambios importantes para los contribuyentes en México, entre ellos, la renovación de la firma electrónica o e.firma, un proceso obligatorio que permite a los contribuyentes mantener al día las obligaciones fiscales y evitar problemas con autoridades fiscales.

No obstante, como cualquier otro documento oficial, la e.firma tiene una fecha de caducidad. El certificado de la firma electrónica tiene una vigencia de cuatro años y al vencer, es necesario renovarla.

¿Quiénes deben realizar este trámite?

Si eres contribuyente debes estar pendiente de la fecha de vencimiento de tu firma electrónica.

Las personas físicas y morales cuyo certificado expire en 2025 deben renovar su firma electrónica antes de que caduque.

¿Cómo renovar la e.firma electrónica?

La renovación de la e.firma puede realizarse en línea o de manera presencial, todo depende de si el certificado aún está vigente o expiró. Debes contar con:

  • Archivos: .cer y .key de la e.firma.
  • Contraseña que utilizas para ingresar al SAT.

¿Qué debes tener en cuenta?

Los contribuyentes deben verificar la fecha de vencimiento de su e.firma. Para verificar la fecha puedes consultarla en el portal del SAT.

No dejes para el último momento la renovación, dado que en las temporadas de alta demanda suele ser difícil conseguir cita, sobretodo al final del año fiscal.

En caso de realizar el trámite de manera presencial debes realizar el preregistro de cita en línea. Esto permitirá agilizar el proceso y evitar una espera larga.

El SAT recomienda a contribuyentes que realicen la renovación con antelación para evitar saturaciones en los servicios en línea durante la temporada de alta demanda. De esta manera, podrán asegurar que su e.firma esté activa y lista para ser utilizada en sus trámites fiscales.

Las personas físicas con ingresos por sueldos y salarios menores a 400 mil pesos al año, así como aquellas que no tengan actividad económica o se encuentren en situación fiscal suspendida, también deben cumplir con la renovación de la e.firma si requieren utilizar el Buzón Tributario.

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