Economía

SCJN admite a trámite impugnación contra reformas a la Ley de Instituciones de Crédito

Senadores de oposición interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra el decreto de reformas a la Ley de Instituciones de Crédito

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad interpuesta por los senadores de oposición contra el decreto de reformas a la Ley de Instituciones de Crédito, que permite el bloqueo de cuentas bancarias por indicios de transacciones ilegales.

El decreto publicado el pasado 11 de marzo, fue aprobado en la Cámara de Diputados con 266 votos a favor y 219 en contra, reformando el Título Quinto de dicha ley.

Con estas reformas y adiciones promovidas por la mayoría parlamentaria, se faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para que incluya a un ciudadano en la lista de personas bloqueadas con el sólo indicio de que se encuentre relacionado con delitos de financiamiento al terrorismo, y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Además, se eliminó la obligación para que la UIF notifique por escrito a los usuarios sobre el congelamiento de sus cuentas.

La Corte dio un plazo de 15 días hábiles para que el Poder Ejecutivo Federal y el Congreso presenten los informes respectivos, y para que envíen el original o copia certificada del Diario Oficial de la Federación en el que conste la publicación del decreto y de los antecedentes legislativos.

El máximo tribunal apercibió tanto a las representaciones del Ejecutivo Federal como del Congreso, que de no cumplir con los requerimientos, se les aplicará una multa.

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