La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el aumento de la tasa de retención de 0.15 al 0.50 por ciento del impuesto sobre la renta (ISR) aplicable a intereses que pagan las instituciones financieras, como los bancos.
La Primera Sala de la SCJN resolvió que la medida, prevista en el Artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación 2024, respeta los requisitos de fundamentación, motivación y el derecho a la seguridad jurídica.
En un comunicado la Corte informó que los ministros analizaron un juicio de amparo presentado por una empresa -cuyo nombre se reserva-, que recibe ingresos por intereses de instituciones financieras, los cuales de acuerdo con el Artículo 54 de la ley del ISR están sujetos a una retención.
En su demanda, la empresa reclamó la inconstitucionalidad del aumento a la tasa de retención por recepción de intereses financieros de 0.15 por ciento (vigente en la ley de ingresos de 2023) a 0.50 por ciento (para el ejercicio 2024).
Sin embargo, la Primera Sala determinó que el artículo reclamado de la Ley de Ingresos respeta los requisitos de fundamentación y motivación, y que al ser una norma de carácter fiscal, aplica el principio de libertad configurativa del legislador.