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Estas son las fechas para registro de candidatos independientes

FOTO: INE/CUARTOSCURO.COM

El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió la Convocatoria a la ciudadanía con interés en postularse mediante candidaturas independientes para la presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales por el principio de Mayoría Relativa en el Proceso Electoral Federal de 2023-2024.

El proceso de selección de candidaturas se compone por cuatro etapas: convocatoria, actos previos al registro de candidaturas independientes, obtención de apoyo a la ciudadanía y registro de postulaciones.

Fechas:

  • Manifestación de intención. 
Cargo Instancia Fecha límite
 Presidencia  Secretaría Ejecutiva  7 de septiembre
 Senadurías  Junta Local Ejecutiva  21 de septiembre 
 Diputaciones   Junta Distrital Ejecutiva   29 de septiembre 
  • Constancia de aspirante:
Cargo  Fecha de expedición 
 Presidencia  8 de septiembre
 Senadurías  22 de septiembre
 Diputaciones   30 de septiembre

El INE señala que son las fechas estimadas, salvo que la manifestación de intención se presente el último día del plazo y la autoridad electoral realice un requerimiento. Para estos casos deberán ajustarse las fechas. 

Las personas aspirantes a una candidatura independiente deberán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, por medios distintos a la radio y la televisión, a partir del día siguiente a la fecha en que se emita su constancia de aspirante.

Las fechas límite para la captación de apoyo de la ciudadanía por cada cargo de elección popular, conforme a los plazos establecidos en Ley, son las siguientes:

Cargo  Fecha límite para recabar apoyo 
 Presidencia  6 de enero de 2024
 Senadurías  21 de diciembre de 2023
 Diputaciones   29 de noviembre de 2023
 

En los casos en que la constancia de aspirante haya sido emitida con posterioridad a la fecha indicada en el apartado de Convocatoria, la conclusión del plazo para recabar el apoyo de la ciudadanía se recorrerá el número de días que corresponda.

Las personas aspirantes deberán contar con el apoyo de una cantidad de ciudadanos y ciudadanas equivalente a:

Presidencia: 

  • Al menos 1% de la lista nominal del país.
  • Que pertenezcan a, al menos, 17 entidades federativas que sumen cuando menos el 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal en cada una de ellas.

Senadurías: 

  • Al menos 2% de la lista nominal de la entidad por la que participan.
  • Que pertenezcan a, al menos, la mitad de los distritos electorales que sumen cuando menos el 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal en cada uno de ellos.

Diputaciones:

  • Al menos 2% de la lista nominal del distrito electoral federal del que se trate.
  • Que pertenezcan a, por lo menos, la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal en cada una de ellas.
 

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