INE implementará Ley ‘8 de 8’ en las próximas elecciones
La consejera electoral Rita Bell López señaló que la ley tiene como finalidad promover y fomentar la cultura de la no violencia contra las mujeres.
El Instituto Nacional Electoral (INE) implementará en este proceso electoral federal el mecanismo de verificación “8 de 8“, un instrumento normativo básico para determinar la pérdida del registro de las candidaturas que se ubiquen en varios supuestos de violencia en contra de las mujeres, mismos que deberán contar con una sentencia firme.
La consejera electoral Rita Bell López explicó que este cambio tiene que ver con la reforma de 2023 al Artículo 38, misma que elevó a rango constitucional los supuestos de la tres de tres contra la violencia, ampliándolos a ocho, para que alguien pierda sus derechos ciudadanos y la cancelación del registro de una candidatura en los siguientes supuestos.
“Por tener sentencia firme por la Comisión de Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar, violencia doméstica, violencia a la intimidad sexual, violencia política, y, por supuesto, a los deudores alimentarios”, dijo Rita Bell López.
Para implementar este instrumento, todos los candidatos debieron llenar un formato de buena fe, bajo protesta de decir la verdad, de que no se encuentran en alguno de estos supuestos.
La lista de candidaturas procedentes se dará a conocer el 29 de febrero. A más tardar el 2 de marzo el INE publicará la lista de candidaturas registradas a través del portal web y en los principales medios de comunicación del país para recabar y obtener información respecto a candidaturas que incumplan cualquiera de los requisitos de la ocho de ocho.
La ciudadanía podrá aportar información sobre los candidatos llenando un formulario que podrá encontrar en la página del INE o podrá acudir directamente a los consejos locales y distritales para aportar elementos, esto entre el 2 de marzo y el 2 de abril.
Asimismo, habrá colaboración interinstitucional con otras dependencias. Una vez concluido este período, se realizará el análisis y verificación a través de distintas unidades del INE.
“En los casos en los que se advierta el posible incumplimiento de requisitos de una candidatura y se cuente con evidencia, la Secretaría ejecutiva dará vista entre el dos, y el 8 de mayo, a las candidaturas y al partido involucrado para que en un plazo de tres días naturales manifieste lo que a su derecho convenga”, agregó Rita Bell.
Posteriormente se procederá a la destitución del candidato.
“Lo que haríamos, es pedirles la sustitución extraordinaria a los partidos políticos y tendrían 72 horas para hacernos la sustitución de la persona. Y eso por supuesto ya entra en el ámbito del propio partido político para hacer esta sustitución por la persona que ellos consideren”, señaló la consejera electoral, Dania Ravel Cuevas.
El INE podría notificar a los consejos locales y distritales incluso después de realizada la elección, para que en caso de que gane la elección no se le entregue la constancia por incurrir en esas conductas.
Es importante reiterar que para llegar a la cancelación se requiere de una sentencia en firme.
“Sabemos que hay denuncias, pero una denuncia por sí sola, no sería suficiente para cancelar un registro, si tendría que tener una sentencia firme y que esté en algunos de los supuestos. Puede ser tal vez alguna candidatura mientras esté haciendo campaña le dan sentencia, ya cambiaría el supuesto de cuando solicitó el registro a cuando está haciendo la campaña”, puntualizó la consejera nacional Norma Irene de la Cruz.
Esta medida tiene el objetivo de construir un país democrático y libre de violencia en contra de las mujeres.