Xóchitl critica cancelación de evento de Sheinbaum
A manera de sarcasmo, la virtual candidata del FAM dijo que “lo bueno” es que Morena no será sancionado por el exceso de sillas sobrantes en el Estadio Azul.
Xóchitl Gálvez, virtual candidata del opositor Frente Amplio por México (FAM), reaccionó a la cancelación de la reunión que tendría ayer Claudia Sheinbaum con sus simpatizantes en el Estadio Azul de Ciudad de México.
La senadora panista dijo que la coordinadora nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación “la cruzazuleó” y ya se sabe cómo termina esa historia”, haciendo referencia a la vez que Josefina Vázquez Mota, entonces candidata presidencial del Partido Acción Nacional (PAN) en la elección de 2006, no llenó ese recinto en el arranque de su campaña.
A manera de sarcasmo, escribió que “lo bueno es que no serán sancionados por el exceso de sillas”.
INE avala gira “La esperanza nos une” de Sheinbaum
Recientemente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa para la Transformación, Claudia Sheinbaum, podrá continuar con su gira “La esperanza nos une”, que fue restringida desde el pasado 16 de octubre.
En una sesión privada, la Sala Superior de este órgano electoral analizó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que ordenó limitar las actividades públicas de la integrante de Morena, al considerar que cometió actos anticipados de campaña.
Todo ello porque la Comisión de Quejas y Denuncias del INE consideró que, los discursos pronunciados durante sus actos públicos, Claudia Sheinbaum tenían contenidos “claramente proselitistas”.
Del mismo modo, el INE resaltó que existió un uso indebido de recursos públicos durante su gira por los estados de Sonora, Oaxaca, Chiapas y Sinaloa.
Tras la restricción, Morena decidió impugnar esta resolución ante el Tribunal Electoral, y fue este órgano quien turnó el caso al magistrado del TEPJF, Felipe Fuentes Barrera, quien estimó que la limitación de actos públicos de la coordinadora, que formaron parte de las medidas cautelares, son contrarias a libre manifestación, derecho que se encuentra consagrado en la Constitución Política Mexicana.
Al mismo tiempo, negó que las actividades sean actos de precampaña o campaña, pues no realizó una solicitud de voto a su favor.
Al exponer su resolutivo, en una sesión privada de la Sala Superior del TEPJF, los magistrados ordenaron por mayoría de votos revocar el acuerdo de emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.