La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) realizó la audiencia pública contra el Estado de Chile, por el caso de Sandra Cecilia Pavez Pavez, quien en 2007 quedó imposibilitada de su ejercicio docente por su orientación sexual.
La Corte deliberó a favor de la denunciante, ya que consideró que el Estado vulneró sus derechos humanos debido a que no cumplió con el análisis pertinente para determinar presuntos actos de discriminación por motivos de orientación sexual, así como la violación a derechos laborales y el respeto a la vida privada.
Caso Pavez Pavez Vs. Chile https://t.co/4fGcNdBpAE
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) May 13, 2021
El caso sucedió el 25 de julio del 2007, cuando el vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier -a petición del obispo Juan Ignacio González- revocó el certificado de idoneidad (un documento que certifica algún cargo en correspondencia con las leyes del gobierno chileno) a Sandra Cecilia Pavez Pavez, docente de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, ubicado en la Comuna San Bernardo, en Santiago de Chile. El motivo fue su orientación sexual.
La docente trabajaba en dicho Colegio desde 1985 e impartía la asignatura de religión. Fue amenazada, por las autoridades, con perder su clase sino se sometía a terapias psicológicas y psiquiátricas, y si no dejaba a su pareja. Fue obligada a hacer pública su orientación sexual.
Las autoridades revocaron su certificado por lo que quedó inhabilitada para ejercer su labor docente. Cecilia Pavez recurrió a un recurso de protección, que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en noviembre del 2007, al considerar que el acto no era ilegal, según lo establecido en el Decreto 924 del Ministerio de Educación (1982), que provee facultad a las iglesias para decidir quiénes pueden impartir las clases.
No obstante, Cecilia Pavez se acercó al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) que la acompañó para demandar al Estado Chileno en la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH); dicho organismo internacional admitió la demanda, en 2016.
Han pasado 14 años desde que la profesora inició un largo camino hacia la justicia, sin embargo, la Comisión declaró que:
la responsabilidad del Estado de Chile se materializó por una razón muy clara: el Estado omitió realizar un análisis sobre si la revocación del certificado de idoneidad afectaba los derechos a la señora, ni las autoridades judiciales, ni la corporación educativa realizaron dicho análisis. Bastó con la revocación de la Vicaría”, por lo que hubo presunción de actos discriminatorios.
La revocación de este certificado en Chile, no permite ejercer la profesión docente religiosa, lo que tuvo afectaciones económicas y psicológicas en la demandante, ya que no pudo ejercer su profesión, tal como presentó su defensoría.
Durante la audiencia el Estado Chileno alegó que el Decreto 294, continúa vigente.
Según datos de Movilh, en su Informe Anual sobre Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género en Chile la discriminación ha aumentado, desde el 2018 hasta la actualidad, “el incremento ya no solo se relaciona con que las víctimas denuncian más que en el pasado y están más empoderadas en sus derechos, sino también porque hay un aumento de la discriminación, en particular cuando se registran avances pro-derechos LGBTIQ+ contra los cuales los opositores a la igualdad se movilizan con fuerza, violencia y sistematicidad.”
Las categorías de discriminación más preocupantes, según el informe, son:
- Declaraciones homo/transfóbicas, aumentaron un 208%
- Marginación en los espacios públicos o privados (+106.4%)
- Movilizaciones homo/transfóbicas (+93.5%)
- Agresiones físicas o verbales perpetradas por civiles (+80.8%)
- Discriminación comunitaria (+51.4%)
- Discriminación laboral (+50%)
- Asesinatos (+20%)
En cuanto a la distribución geográfica, la mayor concentración y número de casos de discriminación se registró en Valparaíso con el 38.4% del total nacional, seguida por la región Metropolitana (23.93%) y Biobío (3%).
El 14 de junio se presentarán los alegatos finales, para la conclusión del caso Pavez Pavez contra Chile, sin plazo improrrogable.