Internacional

Día de la Visibilidad Lésbica, ocasión para hablar sobre la doble discriminación

La conmemoración del Día de la Visibilidad Lésbica es un llamado a la construcción de sociedades más inclusivas a nivel mundial, según ONU Mujeres

Con el propósito de exigir respeto y derecho a no ser objeto de violencia, persecución, discriminación y estigmatización, este 26 de abril se conmemora en diversas partes del mundo el Día de la Visibilidad Lésbica.

De acuerdo con ONU Mujeres, esta conmemoración es un llamado hacia la construcción de sociedades más inclusivas en todo el mundo y la protección de sus derechos humanos, sin discriminación.

La filial de la  Organización de las Naciones Unidas (ONU) asegura que las leyes internacionales en materia de derechos humanos establecen obligaciones jurídicas para los Estados a fin de garantizar que todas las personas, sin distinción alguna, puedan gozar de tales derechos.

“Los derechos humanos son universales – no pueden invocarse prácticas y creencias culturales, religiosas, morales ni actitudes sociales para justificar violaciones de derechos humanos contra ningún colectivo o persona”, precisa la organización.

Foto: CuartOscuro.

Doble discriminación

ONU Mujeres apunta que las lesbianas sufren doble discriminación, al ser un grupo vulnerable por su género y por el estigma al que está asociado su orientación sexual. Por este motivo, se hace urgente y necesario que las leyes internacionales garanticen que los derechos humanos son universales sin importar la orientación sexual de las personas.

Desde 2008, el Día de la Visibilidad Lésbica busca erradicar la desigualdad y discriminación que las mujeres lesbianas enfrentan en espacios públicos y en la vida cotidiana.

Las parejas lésbicas se ven limitadas a mostrar su amor en espacios públicos como parques, restaurantes, buses, cines, etc. Siempre existen personas que las regresan a ver, que hablan o ven en ellas un tipo de morbo, al punto de cosificarlas. Nunca falta aquel personaje que cree que puede convertir a las mujeres o disfrutar de una relación con ambas”, explica la organización Diálogo Diverso, primera organización en Ecuador que trabaja a favor de los derechos de las personas LGBTIQ+ migrantes y refugiadas.

Diálogo Diverso promueve los derechos humanos de la comunidad LGBTTTI y destacó que la visibilidad lésbica es necesaria e importante para que todas las personas puedan expresar su amor sin miedo a la opinión de la gente. Y sin temor de ser señalados o vistos como personas non gratas ni aceptadas en una sociedad que conquista algunas aperturas.

“Frente a estas realidades, las mujeres lesbianas han decidido ocultarse, mimetizarse y vivir su orientación sexual en el espacio privado, relegadas como hace siglos atrás. Pero esta no es y nunca será la solución”, advirtió la misma organización.

Foto: CuartOscuro.

¿Qué dice la Constitución al respecto?

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece la igualdad de derechos entre los seres humanos, sin importar raza, color, sexo, idioma o cualquier otra condición.

Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce derechos y prohíbe discriminaciones. Aquí algunos ejemplos:

En su Artículo 1o. dice: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”.

“Queda prohibida toda discriminación motivada por el género, las condiciones de salud, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

El Artículo 3° establece que “toda persona tiene derecho a recibir educación. La educación que imparta el Estado será laica y ajena a cualquier doctrina religiosa; se basará en el progreso científico, luchará contra la ignorancia, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”.

“Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos”.

El Artículo 4º establece que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”.

Esto es relevante en el caso de las poblaciones de mujeres trans, ya que han sido particularmente afectadas por la epidemia de VIH.

Es importante recordar que la atención de la salud debe ser integral y de acuerdo a las necesidades específicas de cada población.

Por su parte, la orientación sexual y la identidad de género, no deben ser consideradas patologías, ni deben hacerse esfuerzos para modificar la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

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