Ícono del sitio Once Noticias

El Salvador enfrentará segundo juicio sobre derechos reproductivos de las mujeres

Imagen retomada de la Colectiva Feminista

Esta mañana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)  remitió el caso de Beatriz a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que este organismo dicte una sentencia, ya que el Estado salvadoreño no cumplió con las recomendaciones que desde 2017 le envió a fin de que adoptará medidas de no repetición, protección y reparación de los daños causados a la joven y a sus familiares por violar sus derechos humanos.  Es necesario decir que Beatriz padecía de Lupus Eritematoso Sistémico (LES) agravado con nefropatía lúpica y artritis reumatoidea, una enfermedad autoinmune que daña diversas partes del cuerpo. En 2013, la joven de 22 años quedó embarazada, sin embargo, su gestación se volvió de alto riesgo, debido a sus padecimientos y a un parto prematuro como antecedentes, pero no pudo acceder a un aborto terapéutico, lo que puso en riesgo su vida mucho tiempo.   En conferencia virtual, representantes legales de caso, entre ellos la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local de El Salvador, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico, Ipas Centroamérica y México (Ipas CAM), y el Centro por la justicia y el Derechos Internacional (CEJIL) que el Estado salvadoreño enfrentará por segunda ocasión un juicio relacionado con los derechos reproductivos de las mujeres. En noviembre de 2021, el Estado fue condenado por el caso de Manuela.  Cabe recordar que Manuela era una mujer que sufrió un aborto espontáneo por una emergencia obstétrica, el personal médico que la atendió la acusó de haber abortado y fue condenada a 30 años de prisión por el delito de “homicidio agravado”. En este lugar nunca se le brindó atención médica y murió de cáncer, mismo que le provocó el aborto.  Las expertas detallaron que en los próximos meses la Corte IDH convocará a una audiencia pública, y esto permita abrir un debate sobre la despenalización del aborto en este país, donde desde 1998, la interrupción del embarazo está prohibida de manera absoluta. De acuerdo con el artículo 133 del Código Penal salvadoreño, toda persona que se practique un aborto puede ser condenada hasta con 40 años de prisión Para la directora jurídica del CEJIL, Gisela de León, la Corte IDH debe desarrollar una sentencia que establezca estándares acerca de las medidas que los Estados deben adoptar para que las mujeres tengan acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva a fin de que ellas protejan su vida y salud. Con ella coincidió, la directora de Ipas CAM, María Antonieta Alcalde Castro, quien dijo que es necesario reconocer que el aborto es una forma de salvar vidas, en particular de las pacientes que lo necesitan. En opinión de las expertas el caso de Beatriz evidencia una vez más que la normativa sobre la interrupción del embarazo, y los derechos sexuales y reproductivos en El Salvador tiene fuertes repercusiones en la vida y en la salud de las mujeres porque prohíbe que ellas puedan decidir sobre sus cuerpos y las obligan a convertirse en madres o llevar a término embarazos que ponen en riesgo su vida.  Después de que Beatriz quedó embarazada, comentaron, un Comité Médico del Hospital Nacional de Maternidad (como se llamaba así en ese entonces) recomendó que el embarazo fuera interrumpido para que su vida y salud no estuviera en peligro, ya que el “producto no tenía cerebro, y no iba a sobrevivir fuera del útero materno”.  Pese a ese diagnóstico, señalaron, Beatriz no pudo acceder a un aborto seguro, por lo que con apoyo de organizaciones civiles interpuso el 11 de abril de 2013 un amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador en contra del personal médico para proteger su vida. Este recurso tardó 47 días en ser resuelto. La Corte negó a Beatriz el amparo que ella pidió para tener acceso a un aborto terapéutico.  En ese mismo año, Beatriz solicitó medidas cautelares a la CIDH, que le fueron concedidas y la Corte IDH le brindó medidas provisionales. En resultado de lo anterior, Beatriz pudo acceder a un aborto terapéutico y el “producto” murió a las pocas horas de salir del vientre, pero en octubre de 2013, la joven murió a consecuencia de las complicaciones de si frágil estado de salud.  En septiembre de 2017, la CIDH declaró admisible la demanda que Beatriz interpuso en contra del Estado salvadoreño en 2013 bajo el informe “No. 120/17” y declaró que los hechos descritos por la joven eran posibles violaciones a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y de la Convención Belém do Pará porque no se le garantizó su derecho a la salud y a la vida. La CIDH decidió enviar el caso de Beatriz a la Corte IDH para que este organismo dicte una sentencia, que ponga en debate los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y la legislación vigente en este país con el fin de que sean modificados.
Salir de la versión móvil