
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoció por primera vez que el cuidado es un derecho humano autónomo y que, en consecuencia, todas las personas tienen derecho a cuidar, a ser cuidadas y a auto cuidarse.
De acuerdo con la Opinión Consultiva 31, el más alto tribunal de derechos humanos estableció que el derecho al cuidado implica que las personas tengan acceso a tiempo, espacios para ejercer ese derecho, desarrollando así su proyecto de vida con autonomía.
“La Corte reconoció que el cuidado constituye una necesidad básica, ineludible y universal, de la cual depende tanto la existencia de la vida humana como el funcionamiento de la vida en sociedad”. – Jueza Nancy Hernández López, Presidenta de la Corte IDH.
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) August 7, 2025
Transmisión en Facebook… pic.twitter.com/VsTACGdYec
La Corte atendió los argumentos del Centro de Derechos Reproductivos, Ipas Latinoamérica y el Caribe, así como de una amplia coalición de organizaciones feministas y de derechos humanos, y reconoció que el autocuidado está intrínsecamente vinculado con la salud sexual y reproductiva.
Este reconocimiento implica que los Estados deben garantizar el acceso a información y servicios que permitan a las personas tomar decisiones libres e informadas sobre aspectos fundamentales de su vida, como el embarazo, el parto y la maternidad.
Asimismo, se exige a los Estados que adopten políticas públicas, reformas legales, educativas y laborales que promuevan la distribución equitativa del cuidado, incluyendo el reconocimiento del valor económico del cuidado, licencias de paternidad obligatorias, pagas y que sean equiparables a las de maternidad, flexibilidad laboral para personas cuidadoras y redes comunitarias de apoyo.