La Corte Nacional de Justicia de Ecuador determinó que la detención del exvicepresidente Jorge Glas durante el asalto de las fuerzas armadas de ese país a la Embajada de México en Quito fue “ilegal y arbitraria”.
Sin embargo, el exfuncionario continuará en prisión porque aún debe cumplir parte de una sentencia que le fue impuesta por otros casos.
“La detención es ilegal y arbitraria y señala que correspondería disponer la inmediata libertad de la persona afectada. No obstante, conforme se ha justificado en el presente proceso existen sentencias condenatorias con la autoridad de cosa juzgada”, reza parte de la sentencia leída por la jueza Mónica Heredia.
El arresto arbitrario del exvicepresidente, Jorge Glas, derivó en el rompimiento de relaciones entre el Gobierno de México y el de Ecuador por el allanamiento sin precedentes a la sede diplomática mexicana en Quito.
Cabe mencionar que el Gobierno de México le otorgó a Jorge Glas asilo político, a lo que el Gobierno de Ecuador, declaró persona non grata a la embajadora de México en Ecuador, Raquel Serur.
Glas se refugió en la embajada mexicana en diciembre, antes de que la justicia le dictara orden de prisión por un supuesto peculado en el manejo de fondos para la reconstrucción de poblados devastados por un terremoto en 2016, en una indagación fiscal que está en curso.
A pesar de que fue negado el habeas corpus, unos cincuenta simpatizantes del exvicepresidente celebraron ruidosamente en las afueras de la CNJ la decisión judicial de considerar “ilegal y arbitraria” la captura de su líder.
México presenta demanda ante la CPI
Por su parte, el Gobierno de México presentó ante la Corte Penal Internacional cinco reclamos contra el Gobierno de ecuatoriano, por el salto a la sede mexicana en Quito.
Estos son los principales reclamos de México:
- Juzgar y declarar que Ecuador es responsable del daño que las violaciones de sus obligaciones internacionales han causado y siguen causando a México
- La suspensión de Ecuador como integrante de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en tanto no se emita una disculpa pública, reconociendo las violaciones a los principios y normas fundamentales del derecho internacional con la finalidad de garantizar la reparación del daño moral, infligido al Estado mexicano y a sus nacionales
- Juzgar y declarar que, en caso de una violación de los principios de la Carta de las Naciones Unidas similar a la cometida por Ecuador, la Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial adecuado para determinar la responsabilidad de un Estado, a fin de iniciar el proceso de expulsión en virtud del artículo 6 de dicha carta
- Establecer el precedente que cualquier Estado o nación que actúe como lo hizo Ecuador será expulsado en definitiva de la Organización de las Naciones Unidas con base en la evaluación prevista en el artículo 6 de la Carta de las Naciones Unidas
- Es tan importante evitar la repetición de estos casos que el Tribunal Internacional de Justicia podrá presentar la expulsión del Estado que viole el derecho internacional de manera rápida y expedita ante el Consejo de Seguridad de la ONU, evitando el veto de sus miembros