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“A mí respóndame en español”: juez que sentenció a defensora indígena Kenia Hernández

Defensa legal acusa que no se adoptó perspectiva de género y que tribunal de Ecatepec ha discriminado e impedido que Kenia tenga intérprete para expresarse en su lengua.

En un video de escasos 17 segundos se observa a Kenia Inés Hernández Montalván, defensora indígena y afrodescendiente, durante una de sus audiencias virtuales llevadas por el Tribunal de Enjuiciamiento de Ecatepec. Está sentada desde el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) número 16 Femenil, ubicado en  Morelos.

Kenia sostiene una bocina de teléfono y frente a ella hay una pantalla con cámara web desde donde observa y es observada. El juez le cuestiona si tiene alguna duda sobre la acusación que le fue leída apenas unos minutos antes; ella responde en su lengua originaria ñonndaa, la lengua de la comunidad amuzga.

La reacción del juez es exigirle que hable español, “a mí respóndame en español”, por lo que defensores señalan actos de discriminación y violaciones a sus derechos humanos al reconocerse como mujer indígena, ya que la Constitución exige a tribunales que proporcionen a personas indígenas un intérprete en su lengua materna, independientemente de sus conocimientos de español, durante sus procesos legales.

Es así que el caso de Kenia Hernández representa un ejemplo de las irregularidades que persisten en los sistemas de justicia y sobre la criminalización a personas defensoras de los derechos humanos, de acuerdo al Informe de Observación de Juicio, realizado por el Centro de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de los Estados Unidos (ABA por sus siglas en inglés), a través de la iniciativa TrialWatcht de la Fundación Clooney para la Justicia. 

En una mesa de análisis que se presentó este 29 de julio, a través de plataformas virtuales, y en el que participaron representantes legales de Kenia y organizaciones civiles que acompañan el caso, se denunciaron irregularidades como la falta de perspectiva de género, discriminación e hicieron énfasis en la criminalización por su activismo, tal como expresó David Peña, integrante del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social.

Además, de acuerdo a una de las evidencias que se presentó en el informe sostienen que el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Ecatepec, en la audiencia del 17 de febrero de este año, el abogado defensor solicitó que se le proporcionara a Hernández un intérprete en lengua amuzga.

Sin embargo, el juez señaló que ‘cómo era [Hernández] una defensora de los derechos humanos si no hablaba español’ y cuestionó a Hernández por no solicitar un intérprete en la fase previa al juicio.

La defensa legal sostuvo que aun así Hernández tenía derecho a un intérprete, por lo que en la siguiente audiencia el juez ordenó que se le consiguiera no obstante, el 27 de febrero, el intérprete estuvo presente pero la conexión a Internet de la prisión falló, por lo que la audiencia  terminó de forma prematura.

Estos son sólo algunas de las acciones discriminatorias que se señalan en el informe y que deviene de las audiencias de la activista afrodescendiente e indígena.

En ese tenor, Marcos Zavala, integrante del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, recordó que la criminalización de la protesta social tiene patrones identificados que se repiten, por lo que el caso de Kenia no se ve ajeno a ello, por ejemplo, en las detenciones arbitrarias,  en el uso excesivo de la fuerza, las autoridades que realizan las detenciones no se identifican y hay tratos crueles, inhumanos y degradantes.

“Otro patrón es que los llevan a penales de máxima seguridad. En el caso de Kenia estuvo privada en el Penal del Altiplano, ahí estuvo “El Chapo”, la llevaron a un penal de máxima seguridad donde se llevan delitos del fuero federal como el crimen organizado”, enfatizó Zavala.

También señalaron que prevalece la medida detención preventiva oficiosa –o no justificada– y que las personas no son procesadas, por lo que, de acuerdo al informe, se detecta que hay 4 mil personas defensoras sin ser procesadas. Además los patrones de tipo penal por los que se les acusa siempre son los mismos: daño a propiedad ajena, robo con violencia y ataques a las vías de comunicación.

Irving Barroeta, abogado e integrante del equipo de su defensa legal de la activista, enfatizó además que no les han garantizado el acceso a la comunicación con ella, en el Cefereso 16 no les han permitido la entrada para entablar comunicación directa y “todo ha sido por teléfono por lapsos de 15 minutos […] no nos permiten una adecuada defensa”, denunció.

“El Estado mexicano, no sólo el Estado de México, quiso reprimir a Kenia por su activismo social por ser indígena, mujer y defensora de derechos humanos […] Tenemos otra sentencia sin pruebas, sin aspectos de carácter sólido, lo que no permite que [Kenia] obtenga su libertad. Hay fabricación de delitos, las personas en su contra no acreditan que estuvo en ese lugar”, dijo el abogado.

Pese a las pruebas acusan que el Juez las demeritó. Por tal motivo, el abogado dijo que apelaran e ingresaran un amparo directo, como siguiente paso, y en dado caso optarán por acudir a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien ya ha señalado el caso de Kenia en un comunicado.

Kenia Hernández fue sentenciada a 21 años y nueve meses por dos presuntas causas penales: “ataque a las vías de comunicación” y “robo con violencia”, aunque existen 9 causas penales por las que presuntamente se le imputan. El pasado 19 de febrero, el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Almoloya de Juárez, Estado de México, determinó dichas sentencias. 

“Durante los dos últimos años, y a la fecha de julio del 2022, se han abierto un total de diez causas contra Hernández. Además de tenerle prohibido hablar con su abogado durante más de tres meses, tampoco se le han permitido las visitas con sus hijos u otros seres queridos”, denuncia el informe.

 

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