El próximo 1 de mayo el presidente Andrés Manuel López Obrador se reunirá con algunos líderes sindicales y firmará las reformas aprobadas para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
“Es muy probable que ese día firma ya la ley de las Pensiones para el Bienestar, para que se publique”, dijo el mandatario.
Durante la reunión, también realizará un recuento de los avances de la actual administración en política salarial, laboral y prestaciones a las y los trabajadores.
Durante la Conferencia Mañanera de este lunes, el Presidente dijo que el Fondo será un avance porque las y los trabajadores van a poder jubilarse con 100% de su salario (hasta 17 mil pesos mensuales), cosa que no sucedía anteriormente.
“De manera irresponsable, inhumana, injusta, tanto el Gobierno de Zedillo como el Gobierno de Calderón modificaron la Constitución para que el trabajador al jubilarse no recibiera todo su sueldo sino sólo un porcentaje, y eso es lo que estamos corrigiendo, eso es lo que estamos reparando, por eso ese fondo compensatorio”, explicó.
Asimismo, el Ejecutivo federal apuntó que la reforma generó “mucho revuelo”, pues a los banqueros, que actualmente manejan las pensiones “no les gustó”.
“No quieren que las cosas funcionen de manera legal, transparente, en beneficio de los trabajadores, decían que los queríamos robarlos, en el fondo es eso”, señaló.
En días pasados, el Presidente dijo que el 1° de julio las y los trabajadores podrían estar cobrando su primera compensación.
Una vez publicada la ley en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se debe crear el fideicomiso, dijo la semana pasada López Obrador.
“Se va a financiar para que tenga recursos y que ya para el día primero de julio se pueda entregar la primera compensación al primer trabajador y a partir de ahí, ya, hacia adelante”, dijo entonces.
¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
El Fondo de Pensiones para el Bienestar busca garantizar que las y los trabajadores obtengan, al retirarse, el 100% de su salario.
La propuesta establece que en caso de que un trabajador cumpla 70 años y no ejerza su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Para las y los trabajadores del Estado, el Pensionissste o las administradoras deberán transferir los recursos al momento en que cumplan 75 años, también sin necesidad de resolución judicial.
La reforma implica cambios y adiciones a diversas leyes, incluyendo la del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, entre otras.