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Aprueba TEPJF criterios de paridad de género en elecciones judiciales

FOTO: X @TEPJF_informa

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló los criterios de paridad de género publicados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para las elecciones judiciales de junio.

El TEPJF resolvió que los criterios que estableció el INE para garantizar el principio constitucional de paridad de género son, razonables y no vulneran el principio de certeza en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial.

Asimismo, desechó las impugnaciones de particulares que consideraron que los criterios planteados por el Instituto vulneran su derecho a ser votado porque “no se garantiza la autenticidad y efectividad del sufragio, y no satisface el principio de certeza para competir en equidad de condiciones, ya que dicha paridad debe considerar a la comunidad LGBTTIQ+”.

Los criterios del INE son los siguientes:

De cada lista, se asignará alternadamente el número de cargos que correspondan a las mujeres y los hombres más votados, iniciando por mujer:

Similares considerandos aplican para cargos de magistraturas de Circuito y juzgados de Distrito en circuitos judiciales.

Asimismo, no podrán resultar electos más hombres que mujeres, más allá de una diferencia de uno considerando los números nones, sin embargo, en el caso de que resulten electas más mujeres que hombres, sí podrá haber una distancia de más de uno, en cumplimiento al principio de paridad flexible.

El TEPJF concluyó que:

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