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CNDH emite recomendación al INM y SSPC por tortura y malos tratos a personas migrantes

El CNDH afirma contar con elementos concordantes y congruentes para documentar conductas, y métodos de abuso físico y trauma contuso, relacionados con una denuncia de tortura y/o malos tratos por parte de personal del INM y la SSPC.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño, y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez, por la agresión de personal de ambas instituciones contra de una persona migrante de nacionalidad salvadoreña el 13 de febrero de 2020.

El organismo nacional afirma contar con elementos concordantes y congruentes para documentar conductas, y métodos de abuso físico y trauma contuso, relacionados con una denuncia de tortura y/o malos tratos por parte de personal del Instituto y la Secretaría federal.

La CNDH refiere que los días 14 y 24 de febrero de 2020 recibió los escritos de queja en los que se relató que el día 13 de ese mismo mes y año, la víctima fue golpeada al interior de las instalaciones de la estación migratoria de Ciudad de México.

De las pruebas recabadas por la Comisión, se pudo acreditar que el día de los hechos una persona servidora pública perteneciente al INM dialogó con los involucrados con la intención de preservar la seguridad y el orden, ya que el conflicto derivó en una riña colectiva.

Asimismo, señala que un elemento de protección federal de la Secretaría de Seguridad intervino sometiendo a la víctima por la parte trasera del cuerpo y sujetándolo del cuello hasta llevarlo al área de aduanas, donde dos agentes de Migración y dos de Protección Federal lo golpearon en diversas partes del cuerpo.

Ante los acontecimientos, la CNDH solicitó al comisionado del INM y a la SSPC que colaboren en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para la inscripción de la víctima en el Registro Nacional y se proceda a la inmediata reparación integral del daño que se le causó.

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Esto, incluyendo la compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas y se le otorgue la atención médica y psicológica que requiera.

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