El presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, explicó que la mitad de las y los ministros, magistrados y jueces serán elegidos por la ciudadanía en una elección programada para el primer domingo de junio de 2025.
¿Pero cómo se definirán los cargos a elegir? Acá te explicamos cómo el Senado de la República se necargará de definirlos mediante un sorteo.
Para llevar a cabo este procedimiento se integrará una base de datos ordenada en dos grandes listados: uno por personas magistradas de circuito y otro por jueces de distrito.
Esta base debe contener los siguientes datos:
- Nombre o nombres y apellidos de los servidores públicos que ocupan la plaza como titular
- Ministerio de ley
- Circuito judicial
- Clase de órgano jurisdiccional
- Colegiado de circuito
- Colegiado de apelación o juzgado de distrito
- Materia de su competencia
- Número denominativo ordinal de los órganos judiciales, si es el caso
El listado estará organizado alfabéticamente (en el caso de órganos jurisdiccionales colegiados), y contendrá datos sobre la residencia, identificación del cargo como vacante por cualquier causa que exista, y un número progresivo de cargos.
Vacantes no consideradas: selección aleatoria
Las vacantes que no resulten comprendidas en el listado de cargos sorteados para ir a elección popular, se integrarán mediante un segundo acto de insaculación, para compensar la proporción de 50% del total.
Para este efecto se realizará una selección aleatoria y sistemática a fin de sustituir un cargo sorteado por cada vacante sobrevenida de la otra lista.
Este sorteo se repetirá para cada circuito judicial del país, y 50% de los cargos de cada circuito judicial quedará integrado por el número de vacantes (renuncias y retiros programados) enlistadas, más el resultado del sorteo.
Una vez que se realice el ejercicio anterior, su resultado se integrará como una base externa de la convocatoria para elegir a la mitad de las personas magistradas de circuito y juezas de distrito del país, conforme a la reforma constitucional.
¿Cómo será el proceso de elección?
- El primer paso para esta enorme elección: el Senado tendrá que emitir la convocatoria con las actividades y plazos, así como el número de cargos a elegir
- Segundo paso: de octubre de 2024 al 12 de febrero de 2025, el Senado será responsable de recibir las postulaciones, así como mandar al Instituto Nacional Electoral (INE) los listados finales de las y los seleccionados por los tres Poderes de la Unión
- Tercer paso: una vez que estén seleccionadas las y los candidatos a los cargos del Poder Judicial, se dará el inicio de campañas, que tendrán una duración de 60 días; no está permitido realizar precampañas
Es necesario decir que para este proceso, como en otras elecciones, podrán participar personas o agrupaciones acreditadas por el INE para ser observadoras, con excepción de representantes o militantes de un partido político.
- Cuarto paso: concluída la elección, el INE deberá efectuar los cómputos y publicación de resultados para pasarlos a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones a más tardar el 28 de agosto de 2025
- Quinto paso: las personas que resulten electas tomarán protesta el primero de septiembre de 2025 ante el Senado. Más tarde, el 15 de septiembre de ese año, el órgano de administración judicial asignará a cada persona su cargo