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Conclusiones de FGR sobre caso Ariadna Fernanda no son vinculantes: Fiscalía de Morelos

La Fiscalía de Morelos resaltó que sólo las autoridades jurisdiccionales, jueces y magistrados tienen la facultad de determinar cuál de los dos resultados forenses deberá prevalecer.

La Fiscalía General del Estado de Morelos informó que la opinión forense de la Fiscalía General de la República (FGR) respecto al caso de Ariadna Fernanda no es jurídicamente vinculante para la investigación que continúa abierta en Morelos o para el proceso judicial de feminicidio que se desarrolla en Ciudad de México. 

Ariadna Fernanda fue hallada muerta la tarde del 2 de noviembre de 2021 a un costado de la autopista “La Pera”, en Cuautla, Tepoztlán, Morelos. La última vez que se supo de ella fue el 30 de octubre de 2021.

Además, comentó en un comunicado que esta institución no ha sido requerida formalmente por la FGR para entregarle información o constancias procesales del asunto de Ariadna.

“Se aclara que la FGE de Morelos no se ha sometido al análisis pericial de la FGR en relación con la causa del fallecimiento de dicha víctima”, señaló.

 

Asimismo, resaltó que sólo las autoridades jurisdiccionales, jueces y magistrados tienen la facultad de determinar cuál de los dos resultados forenses deberá prevalecer y esto dentro del proceso penal que se sigue por el delito de feminicidio en Ciudad de México.

Ante esta situación, aseveró, no está en condiciones de pronunciarse respecto de tal opinión, pues se desconocen los trabajos forenses de la Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México (FGJCDMX), así como los estudios que sustentan la opinión de la FGR, por lo que solicitó el dictamen de la FGJCDMX y espera que se remitido.

Por último, reiteró que la necropsia practicada en Morelos estuvo a cargo de un equipo de forenses integrado por mujeres profesionales, aplicando los protocolos de investigación con perspectiva de género que corresponden al delito de feminicidio

Feminicidio causa de muerte

El pasado 16 de enero, la FGR dio a conocer que después de haber analizado cronológicamente todas las pruebas, su área pericial determinó que las heridas craneoencefálicas producidas en la víctima fueron producidas con un objeto contundente sobre su cabeza o por contacto de la superficie craneal contra un plano duro. Causas que llevaron al fallecimiento de la joven.

Por tu parte, la FGR señaló que a la hipótesis de la Fiscalía de Morelos sobre la muerte por broncoaspiración secundaria debido a una intoxicación etílica no es posible darle sustento. 

Debido a las lesiones externas e internas señaladas y del hecho que no se tomó en cuenta, en toda su magnitud, la cronología del momento del fallecimiento. 

Además, agregó que el trauma múltiple ya referido ratifica la causa de muerte, como traumatismo craneoencefálico, así como también corrobora el análisis pericial de la cronología de los hechos y las pruebas que confirman el momentos de dicho fallecimiento. 

Asimismo, la FGR consideró que el procedimiento penal por el posible delito de feminicidio debe continuar a cargo de las autoridades locales de Ciudad de México, por ser un delito del fuero común cometido en la jurisdicción de la capital del país.

 

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