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Congreso de la Unión autoriza que la reforma judicial no sea retirada del DOF

Legisladores determinaron que la Presidenta de México no tiene facultades para retirar la reforma judicial del DOF.

Con 81 votos a favor y 36 en contra, el Senado de la República determinó que la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, no cuenta con facultades para retirar la reforma judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF), como lo pidió la jueza de Veracruz, Nancy Juárez Salas.

Esta decisión se da después de una consulta que hizo la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, sobre el posible retiro de la publicación del DOF.

Durante la sesión realizada este jueves, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, anunció la resolución y expuso que es imposible acatar lo ordenado por la jueza Juárez Salas, pues la Presidenta de la República carece de atribuciones para realizar dicha acción.

“Máxime que en el Artículo Séptimo Bis de la Ley del Diario Oficial de la Federación y gacetas gubernamentales, claramente y sin lugar, a dudas se establece el principio mandatorio de la integridad e inalterabilidad del DOF”, argumentó el senador.

También sostuvo que el acuerdo se aprobó “muy por encima de la mayoría absoluta. Esta soberanía está defendiendo su trabajo, la Constitución vigente y las tareas realizadas”.

En tanto, el senador Félix Salgado expresó que por primera vez se realiza un acto democrático, como “nunca antes se había visto”, ya que se trata de que los Poderes de la Unión estén en la misma sintonía y compartan responsabilidades.

Cámara de Diputados responde a Consejería

Respecto al mismo tema, Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, coincidió en que es imposible revocar o eliminar la reforma judicial del DOF.

Al responder a la consulta de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, aseveró que no existe posibilidad jurídica alguna para atender una resolución que contradice el mandato constitucional.

“La publicación de la reforma judicial en el DOF es un hecho consumado, además de que corresponde a la autoridad competente garantizar la autenticidad, integridad e inalterabilidad del Diario Oficial de la Federación”, mencionó en un comunicado.

Subrayó que las modificaciones a la Constitución no pueden ser atacadas por medios ordinarios de control judicial, “por lo que, cualquier resolución judicial que pretenda detener o revertir la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, a través del juicio de amparo, carece de sustento legal”.

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