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¿Conoces las diferencias entre matrimonio y concubinato?

En entrevista para Once Noticias, el maestro en Derecho por la UNAM, Rafael Samano Bonilla, compartió en qué consiste el concubinato y sus diferencias frente al matrimonio

Febrero, mes en el que personas de todas las edades celebran el Día de San Valentín, hace que la idea del “amor” busque fincarse más allá de las palabras.  

Los vínculos que nos unen a otras personas son parte de una realidad social que no puede dejar de trascender en el ámbito jurídico. 

La atmósfera provocada por el Día del Amor y la Amistad se traduce en centenares de propuestas matrimoniales o decisiones impulsadas por sentimientos a flor de piel, como el inicio de la vida en pareja sin necesariamente contraer nupcias.

Durante años, términos como “concubinato” han existido dentro de los Códigos Civiles de nuestro país; sin embargo, los derechos y obligaciones que se desprenden del mismo no suelen ser de dominio público.

Foto: Pexels.

En entrevista para Once Noticias, el maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Rafael Samano Bonilla, compartió en qué consiste el concubinato y cuáles son las principales diferencias de éste con el matrimonio.

El concubinato es la unión de dos personas de diferente o mismo sexo, pero que hagan vida en común, vivir juntos en un domicilio durante un periodo de dos años, ese es el primer requisito, o el segundo, que pese a no pasar los dos años, tengan hijos y que ambas personas estén libres de matrimonio y en posibilidad de contraerlo”, señaló el catedrático universitario.  

Samano Bonilla señaló que cada entidad federativa tiene distintos requisitos para que sea reconocido el concubinato, por lo que más que una cuestión legal, se trata de una cuestión social.

El concubinato no es un acto sino un hecho jurídico, las partes realizan la conducta sin esperar las consecuencias de derecho”, refirió el experto.

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En Ciudad de México, las y los concubinos gozan de los mismos derechos que las parejas que han contraído matrimonio, aunque la gran diferencia entre ambas figuras jurídicas, radica en el momento de heredar.

A partir del año 2000, con las reformas al Código Civil y la creación del Código Civil de la Ciudad de México, se les reconocieron a las y los concubinos los beneficios y derechos del matrimonio, es decir, derecho a alimentos y derecho a heredar”, explicó Samano Bonilla.

El también litigante en materia Familiar, Civil y Mercantil, señaló que al momento de heredar, el concubinato deberá ser acreditado, mediante fotografías, testimonios, documentos, etcétera, a diferencia del matrimonio, el cual se presume legalmente válido con el acta correspondiente.

De esta forma, con el afán de que las y los concubinos no queden desamparados legalmente, la ley brinda opciones para registrar el concubinato ante el Registro Civil o bien hacer un reconocimiento ante el juez.

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Sí me caso, pero ¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

El catedrático en la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó por qué es importante conocer qué son las capitulaciones matrimoniales antes de contraer nupcias.

Las capitulaciones matrimoniales son pactos que celebran las partes respecto de los bienes que van a adquirir a partir de que se casan y el pacto puede ser de dos tipos, mediante separación de bienes o sociedad conyugal”, dijo el experto.

La separación de bienes refiere a que el patrimonio que cada uno produzca dentro del matrimonio se quedará con quien lo realice.

Por otro lado, si el patrimonio que se obtenga dentro del matrimonio pertenecerá a ambos, se habla de la sociedad conyugal.

En el mismo sentido, el experto universitario señaló que además de las capitulaciones, es posible establecer condiciones (acontecimientos futuros de realización incierta) ante un notario, con el objetivo de determinar con quién se quedarán ciertos bienes o el porcentaje de éstos, así como en qué casos se llevará a cabo la disolución del matrimonio.

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Para Samano Bonilla las y los mexicanos somos pasionales y enamorados, pero deberíamos pensar que las relaciones que establecemos podrían terminar, ahí radica la importancia del régimen patrimonial.

Siempre la vida en pareja es edificante para el ser humano, el ser humano necesita compañía, luego entonces platicarlo, cuestiones económicas, sexuales, sociales, yo creo que es muy importante dialogar siempre con la pareja para que sea duradera”, mencionó.

¿Y si las cosas no salen bien?

El catedrático recordó que sin importar género, actualmente, la ley protege a aquellas personas que durante su vida en pareja se dedicaron preponderantemente a las labores del hogar.

La pensión compensatoria al momento del divorcio es un gran avance, si te dedicaste preponderantemente a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, tienes derecho de demandar una indemnización por hasta el 50% y el juez va a valorar el porcentaje”, explicó el universitario.

Apelando a su experiencia más allá de lo jurídico, el maestro en Derecho compartió para Once Noticias un consejo muy ad hoc actualmente, cuando las relaciones tienden a ser efímeras.

Para mantener una relación de pareja como acto jurídico el matrimonio o como hecho jurídico el concubinato, yo creo que lo más importante es establecer un diálogo con la pareja, no tener miedo de decir lo que uno piensa porque eso va creando un resentimiento con el tiempo y venganzas innecesarias. Yo he visto en tribunales, peleas jurídicas inacabables por falta de diálogo”, concluyó el experto.

Foto: Once Noticias, Rafael Samano Bonilla en conversación vía Zoom.

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