La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales las reformas electorales en materia de integridad de candidaturas para que las personas que aspiren a un cargo público federal o local sean sometidas a un análisis de riesgo sobre sus perfiles que permita descartar vínculos con el crimen organizado.
De esta manera, el Pleno de la Corte validó las reformas que establecieron la Comisión de Verificación de Integridad de Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE), en coordinación con la Fiscalía General de la República (FGR) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entre otras instancias competentes.
“Cuyo objeto es recibir, previo al registro de las candidaturas, los listados de personas que, de forma voluntaria y confidencial, deseen someterse a una evaluación de riesgo por su probable vinculación con actividades delictivas”, explicó la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
Ortiz Ahlf agregó que la finalidad de la reforma es dotar de elementos confiables a los partidos políticos y candidaturas independientes, para que puedan tomar mejores decisiones a la hora de hacer sus postulaciones a cargos de elección popular.
La Corte avaló las reformas electorales al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), que fue declarada infundada por el Pleno.
🚨 #ÚltimaHora | La #SCJN valida el mecanismo de verificación de integridad para personas aspirantes a candidaturas. ⚖️ El Pleno determinó que la evaluación voluntaria de riesgo sobre posibles vínculos con actividades delictivas de las personas aspirantes a cargos de elección popular es acorde con el derecho a ser votada o votado, ya que no crea un requisito adicional de elegibilidad, no impide el registro de la candidatura y no constituye una sanción o declaración de responsabilidad penal. 🗳️ La Corte señaló que el mecanismo tiene una finalidad preventiva e informativa para fortalecer la integridad de las candidaturas y aportar elementos objetivos a partidos políticos y a las personas aspirantes para la toma de decisiones. 🛡️ La evaluación requiere la voluntad del partido y el consentimiento de la persona aspirante. Además, prevé deberes de confidencialidad y limita la información que puede comunicarse, por lo que es acorde con la presunción de inocencia y el derecho a la protección de datos personales. 📄 Acción de Inconstitucionalidad 84/2026.
— Suprema Corte (@SCJN) October 5, 2026