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¿De qué se habló en la primera conferencia matutina de jueces y magistrados?

FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

Tal como lo anunciaron, este lunes, los jueces que conforman el colectivo Artículo 41 ofrecieron su primera conferencia matutina en la que abordaron diversos temas relacionados con la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF).

La jueza Adriana Ortega Ortiz y los magistrados José Rogelio Alanís García y Juan José Olvera López encabezaron el evento en oficinas del PJF.

Olvera López destacó que se trata de un derecho de réplica, del cual harán uso diariamente. Como era de esperarse, el tema central de esta primera conferencia fueron los amparos interpuestos contra dicha reforma.

Amparos contra la reforma judicial

La jueza y los magistrados coincidieron en que la postura que han tomado, tanto el Ejecutivo como el Legislativo respecto a los amparos y controversias constitucionales contra la reforma judicial, es legítima de parte, pero señalaron que solo se han dedicado a externar sus “opiniones”.

“Estos juicios de amparo se están promoviendo en contra de ellos, como autoridades, son parte demandada y como demandada tienen sus posturas y opiniones, pero son solo opiniones”, indicó.

El magistrado Juan José Olvera argumentó que, con los amparos que se han promovido, ha iniciado el proceso judicial de revisión de la reforma constitucional.

“En este momento, es tiempo de los jueces. La Presidencia de la República presentó una iniciativa, esto es lo que compete a sus atribuciones. Los legisladores iniciaron el proceso legal y lo aprobaron, pero ahí no se acaba el proceso […] Hoy, los asuntos se encuentran en la zona de los tribunales. La postura de Presidencia y legisladores es legítima, pero ellos no son los jueces, no les corresponde la última palabra, les corresponde a los jueces”, apuntó.
FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

Al abordar los señalamientos de que el artículo 61 de la Ley de Amparo indica que estos recursos no proceden contra reformas constitucionales, el magistrado Olvera reconoció que sí, que eso dice, pero pidió considerar dos asuntos:

“En primer lugar, ese artículo 61, es un artículo secundario, legal, no constitucional. Segundo, es un artículo producto de la reforma de la Ley de Amparo de 2013, esto, entre otras implicaciones, tiene que todavía no hay jurisprudencia definitiva que establezca que esa es una regla insuperable. Ese artículo está siendo materia de cuestionamiento en estos juicios”, explicó.

Dado lo anterior, los jueces deberán decidir también si dicho artículo es constitucional o no.

En conclusión, destacó que “los juicios están en trámite” y que se han expuesto distintos argumentos, incluso, algunos jueces han rechazo suspender la reforma judicial. “Hay decisiones diferentes de los jueces, no estamos nadando de manera sincronizada”.

Situación en Sinaloa

Sobre este caso, el magistrado precisó que la Fiscalía General de la República acudió ante un juez federal en Sinaloa para solicitar una orden de aprehensión relacionada con los hechos en los que aparentemente, una persona de nombre Ismael “Z”, fue secuestrada, y en el entorno de esos hechos, una persona de nombre Héctor “N” perdió la vida y dos más desaparecieron.

El magistrado indicó que la FGR acusa que el juez rechazó esta pretensión de orden, sin embargo, lo que en realidad pasó es que el fiscal que postulaba que en el lugar de los hechos había manchas hemáticas referentes a Héctor Melesio Cuén, retiró el caso por no contar con prueba pericial completa.

Ante esto, no es que el juez niegue una orden de aprehensión, sino que, al no haber caso, el juez no puede pronunciarse.

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