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Debate de reforma judicial inicia el domingo en comisiones del Senado

Las Comisiones Unidas del Senado citaron a sesión el próximo 8 de septiembre para iniciar el debate de la reforma a Poder Judicial.

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado de la República dieron a conocer la fecha en que iniciarán con la discusión del dictamen de reforma al Poder Judicial.

Ernestina Godoy, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, informó que, tras la sesión extraordinaria celebrada el pasado miércoles, se determinó que la discusión iniciará el próximo domingo 8 de septiembre.

“Estamos citando a una sesión el día domingo 8 de septiembre, a las 13:00 horas, para iniciar la discusión de este tema. Se les hará llegar el dictamen en sus términos, como lo prevé el reglamento”, indicó.

Dictamen de reforma judicial llega al Senado

El pasado miércoles 4 de septiembre, tras 17 horas de análisis y discusión, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, con 357 votos a favor, 130 en contra y 0 abstenciones, el dictamen referente a la reforma judicial.

Desde la sede alterna establecida para el debate, el diputado Sergio Gutiérrez Luna, en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que el dictamen pasaría al Senado de la República para sus efectos legales.

Por su parte, la Mesa Directiva del Senado de la República confirmó la recepción de la minuta de la reforma al Poder Judicial, y de inmediato, se procedió a turnarla a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

En conferencia de prensa, Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, dijo que se respetarán los tiempos del proceso legislativo.

“Calculamos que hacia el martes de la próxima semana estemos en condiciones de que se hiciese la primera lectura y, por lo tanto, ya hacia el miércoles estaríamos en el Pleno, discutiendo en lo general, la reforma al Poder Judicial”, explicó.

El senador morenista dejó en claro que nada podrá detener este proceso mandatado por el pueblo para que las personas juzgadoras se elijan por el voto universal, secreto y directo.

“(Serían votados) la mitad en junio de 2025, tanto federales como locales, y la otra mitad en junio de 2027”, indicó.

Al destacar que se trata de una revolución al Poder Judicial, Fernández Noroña destacó que México vive un momento histórico y, una vez que la reforma sea avalada en el Senado, se turnará a los Congresos estatales.

“La turnaré de inmediato a los Congresos de los estados para que, a mediados de septiembre, estemos en condiciones de que haya sido aprobada, y sea publicada por el compañero Andrés Manuel López Obrador”, dijo.

Respecto a la posibilidad de contar con una sede alterna para sesionar, como ocurrió con los diputados, el presidente de la Mesa Directiva del Senado dijo que no descarta la utilización de otro inmueble.

“No descartamos […] El primer punto del resolutivo acordado es que en cualquier inmueble que pertenezca al Senado podamos sesionar, esa sería nuestra prioridad. Nosotros no descartamos la posibilidad de irnos a Santa Fe”, puntualizó.

Cabe destacar que Fernández Noroña adelantó que la bancada morenista ya cuenta con los dos tercios necesarios para avalar dicha reforma.

¿Qué establece la reforma judicial?

El dictamen de reforma establece un proceso de elección por voto popular para magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito, así como ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en un proceso que se llevará a cabo con la actuación del Instituto Nacional Electoral.

Además, reduce la integración a nueve ministras y ministros de la SCJN, con una duración en su encargo de 12 años.

Asimismo, se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. En caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o, en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.

Fija el procedimiento para la elección de las ministras y ministros de la SCJN, de las magistradas y los magistrados de Circuito, de las juezas y los jueces de Distrito, las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de las personas magistradas electorales que integren la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Determina los requisitos para ser electo magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y los mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.

Señala que la administración y control interno en el Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, al cual también le compete conocer de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.

Faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.

Da cuenta de las facultades del Órgano de Administración Judicial, que contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial, además de determinar el número, división en circuitos, competencia y materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

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