La adopción para Ruth, madre de un hijo biológico y una hija por adopción, fue un vínculo que sabía debía ser indivisible.
“Cuando adoptas tienes que conocer tus capacidades, tus habilidades, de qué eres capaz y ser muy honesto en eso”, comentó Ruth Pérez López, madre adoptante.
Esta familia quedó constituida, sin embargo, no siempre es así. En seis estados del país es legal devolver a infancias y adolescencias que fueron adoptadas.
“Son seis estados, en realidad, los que dan pauta todavía a esta posibilidad: Sonora, Campeche, Guanajuato, Jalisco, Guerrero y Zacatecas; tenemos seis estados en los que hoy las leyes siguen diciendo que es válida la adopción simple”, menciona Luis Peña Cruz, representante jurídico de infancias y adolescencias del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Devolución de infancias y adolescencias bajo el concepto de “ingratitud del adoptante”
Sin importar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en familia, las leyes estatales de esos seis estados permiten que quienes hacen la solicitud devuelvan a las infancias porque no cumplieron con sus expectativas.
“Algo que nos parece terrible es que una de las razones para revocar la adopción sea la ingratitud del adoptado”, señala Luis Peña Cruz.
Con un real compromiso por el bienestar de la niñez, la titular del DIF Nayarit, dra. Beatriz Estrada Martínez, encabezó la entrega física en adopción de 2 pequeñas que inician una nueva etapa en sus vidas al convertirse en parte de familias certificadas, responsables y amorosas pic.twitter.com/cMgcyNVaqq
— Sistema DIF Nayarit (@NayaritDif) April 9, 2025
Revocación tiene un impacto emocional grave
El impacto emocional que deja en ellos y ellas cuando se realiza la revocación de su adopción es muy grave, va desde el sentimiento de abandono, miedo y confusión, destacó el especialista en temas de infancia Juan Martín Pérez García.
“La vivencia que un niño y una niña en la adopción que es retornado va a hacer que él o ella piense que es quien no sirve, de que el falló, y generalmente lo que tenemos que dejar claro es que quien falla es el Estado”, comentó.
Dos tipos de adopciones: plena y simple
Actualmente se contemplan dos tipos de adopción: la plena y la simple, esta última a pesar de ser derogada en el Código Civil Federal se aplica en algunos estados y por ello se les permite revocar la adopción.
“La adopción plena se asocia y se considera en el Código Civil Federal como si fuera consanguínea, es decir, como si fueran hijos de nacimiento natural. En la adopción simple todavía está esta nebulosa que permite que las familias adoptantes puedan regresar a niños y niñas”, explica Juan Martín Pérez García, coordinador de Tejiendo Redes en América Latina.
Para el DIF Nacional, esos vacíos son los que permiten que autoridades locales autoricen esta práctica que atenta contra los derechos humanos de las infancias.
“En buena medida es responsabilidad del estado, desde la Procuraduría Federal me parece que hemos reconocido que hay una responsabilidad por parte de las autoridades que han entregado certificados de idoneidad a personas que realmente en los hechos no eran idóneas”, considera el representante jurídico de las infancias y adolescencias del DIF.
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Autoridades niegan revocación de adopción
No obstante, las autoridades de esos seis estados niegan que exista la revocación de adopción, tal es el caso de Guanajuato.
“No se ha dado, es falso, nosotros no hemos tenido conocimiento de una adopción que hayan devuelto a los niños, una devolución como si fuera un objeto, no, y creo que ahí nos equivocamos todos”, dijo María Teresa Palomino Ramos, procuradora estatal de Protección Niñas, Niños y Adolescentes de Guanajuato.
Cabe recordar que, en 2019, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se reformó y con ello los 32 congresos locales tienen la obligación de retirar la adopción simple y establecer en todos los procesos de adopción que sean plenos e irrevocables.
De ahí que la representación jurídica del DIF Nacional alista promover acciones legales para los responsables de un proceso de adopción trunco.
“Estamos promoviendo, ya tenemos las demandas presentadas, demandas de amparo indirecto en contra de estos seis congresos locales”, dijo Peña Cruz.
Hablar de adopción es hablar de amor, de nuevas oportunidades y de formar lazos para toda la vida. Pero también es necesario romper con ideas equivocadas que aún existen.#ElHidalgoQueQueremos#AdopcionesDIFH#EsPorTi pic.twitter.com/sJ9nOfdcMr
— Sistema DIF Hidalgo (@difhgo) May 16, 2025
En México, se estima que poco más de mil infancias o adolescencias son susceptibles de ser adoptadas.
De 2014 a 2022, el Sistema Nacional DIF recibió 542 solicitudes de adopción, de estas 119 fueron concluidas. La gran tarea de autoridades estatales y federales es priorizar el bienestar de las infancias en un proceso de adopción y establecer los mecanismos que lo permitan.
Como, por ejemplo, garantizar que los padres y madres adoptantes obtengan un certificado de idoneidad, que otorga la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
“Quieren asegurarse que el proceso sea exitoso porque es importante que sea exitoso, es importante para esos niños y niñas porque si el procedimiento no es exitoso ¿qué significa eso? Hay padres que dicen ya no, entonces inician un procedimiento que al final no concluyen o que concluye mal y ¿quiénes son los afectados? pues los niños y niñas”, considera Ruth Pérez López, madre adoptante.