Por unanimidad, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las cuales consisten en crear un Banco Nacional de Violencia contra las Mujeres, a fin de contar con información actualizada de personas que agreden a las mujeres.
Este banco de información estaría a cargo de las Secretarías de Gobernación (Segob) y de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, entidades federativas y municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación.
También garantiza la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿Qué principios orientan la aplicación de esta ley?
Las políticas públicas federales y locales en la materia deben regirse por cuatro principios, que son:
- La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre
- El respeto a la dignidad humana de las mujeres
- La no discriminación
- La libertad de las mujeres