Con 340 votos a favor, 133 en contra y una abstención, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la reforma al artículo 107 y que adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución, en materia de inimpugnabilidad de adiciones o reformas a la constitución.
La adición de un quinto párrafo al artículo 105 precisa que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
Mientras que la reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, establece que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.