La Ley Malena, recientemente aprobada en la Ciudad de México, trae consigo un rayo de esperanza para las mujeres que han sido víctimas de ataques con ácido. Este avance es de suma importancia, ya que implica cambios significativos para reconocer, por un lado, la existencia de la violencia ácida, y por otro, porque reforma el Código Penal local y la Ley de Acceso de las Mujeres a Vivir Libres de Violencia (LAMVLV).
Las modificaciones buscan que la violencia ácida sea considerada como tentativa de feminicidio, en lugar de ser catalogada como simples lesiones. Además, se impondrán penas más severas para quienes perpetren estos crueles ataques.
Entre las novedades más destacadas se encuentra la implementación de una reparación integral de los daños, así como la obligación para las instituciones de salud de generar registros, lineamientos y estadísticas sobre la atención de estos casos. Uno de los desafíos que han dificultado la ampliación de la legislación es la falta de datos concretos.
La Ley Malena y sus modificaciones locales
El pasado 8 de febrero, el Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad la Ley Malena con 42 votos a favor y ninguna objeción ni abstención. Esta ley conlleva cambios importantes en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y en el Código Penal local.
En lo que refiere a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se reconoce el concepto de violencia ácida. Hasta ahora, en esta ley, se estipula que “los ataques con ácido o sustancias corrosivas son un tipo de violencia física hacia las mujeres”.
En el Código Penal local, se establece en el artículo 130 que los agresores que utilicen ácido contra una mujer enfrentarán penas de ocho a doce años de prisión.
Asimismo, se prevé que las penas se incrementen en una mitad en casos de deformidad facial, daño en órganos u otras circunstancias específicas, como cuando la víctima es menor de edad, adulta mayor o pertenece a la comunidad LGBTIQ+.
El artículo 107 del Código Penal local también establece que las lesiones dolosas serán consideradas como calificadas cuando impliquen mutilación, uso de sustancias corrosivas o afecten órganos sexuales. Se tipificará como tentativa de feminicidio si los daños físicos son permanentes o afectan órganos reproductores, con penas que podrían llegar hasta los 40 años de prisión.
Se incluyen multas de 300 a 700 veces la unidad de medida para “quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas”, señala la modificación.
Anteriormente, este tipo de violencia se consideraba como un agravante dentro de delitos de lesiones, pero con estas modificaciones se eleva su gravedad y se reconoce como tentativa de feminicidio.
A pesar de que la mayoría de la legislación en el país no clasifica los ataques con ácido como violencia de género, más del 90% de los casos han quedado impunes al ser calificados como lesiones o violencia familiar.
Un vacío alarmante es la falta de registros oficiales. Según la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en 2022 se reportaron 47 ataques con ácido o sustancias corrosivas contra mujeres, con la Ciudad de México, el Estado de México y Puebla como las entidades con mayor incidencia.
La Fundación Carmen Sánchez ha documentado 28 ataques con ácido en las últimas dos décadas, de las cuales sólo 22 víctimas han logrado sobrevivir.
La edad de las víctimas oscila entre 20 y 30 años. En 85% de los casos, el autor intelectual de estos ataques fue un hombre (parejas o exparejas de las víctimas). Además, más del 30% de los ataques se cometieron por dos o más personas (como actores materiales o intelectuales). La Fundación señala que 96% de los casos no han sido sentenciados y sólo cuatro de ellos fueron vinculados a proceso.
De acuerdo con la organización Acid Survivors Trust International (ASTI), en su último informe, de mil 500 casos de ataques con ácido en el mundo, 80% de las víctimas fueron mujeres.
A pesar de que durante mucho tiempo se pensó que este tipo de violencia ocurría principalmente en países lejanos como India o Uganda, en los últimos años ha aumentado su incidencia en América Latina, especialmente en Colombia y México.
ASTI informa que en Colombia se registran hasta 100 ataques con ácido al año.
Una modificación adicional es la creación de un registro de víctimas, en el que las autoridades y las instituciones de salud deberán publicar estadísticas sobre los casos de violencia ácida para facilitar la ampliación de la legislación y la implementación de protocolos de atención.
También se contemplan medidas integrales para la reparación de daños, con acceso a tratamientos por parte del Estado.
La ola Ley Malena: un deseo de extensión nacional
Con esta reciente aprobación, la Ciudad de México se convierte en la cuarta entidad en regular la violencia ácida en su Código Penal, siguiendo los pasos de Baja California (2024), Quintana Roo (2023) y Puebla (2022).
Oaxaca fue la primera entidad en sancionar la violencia ácida en 2020, un año después del ataque con ácido contra la saxofonista María Elena Ríos por parte del exdiputado Juan Vera Carrizal, quien actualmente está prófugo.
Esta ley lleva el nombre de la oaxaqueña como un homenaje a su activismo y lucha por el reconocimiento y la tipificación de estos ataques.
La lucha de María Elena Ríos se suma a la de otras mujeres víctimas de estos ataques, como Carmen Sánchez, cuyo agresor, Efrén “N”, recibió una sentencia histórica de 47 años en mayo de 2023, siendo este el primer caso de su tipo en la región y el país.
El caso de Elisa Xolalpa, atacada en 2001 por su expareja Javier Ediberto “N”, también destaca por la larga espera de justicia. A pesar de que más de 20 años después de la agresión se logró una sentencia por violencia familiar, el caso continúa siendo investigado como homicidio en grado de tentativa, lo que muestra la necesidad de seguir luchando por la justicia.
Entidades como Baja California Sur, San Luis Potosí, Aguascalientes, Hidalgo y Estado de México han modificado artículos de sus Códigos Penales para calificar los ataques con ácido como agravantes de lesiones, lo que representa un desafío pendiente para clasificarlos como tentativas de feminicidio.
El principal objetivo es que la ola de la Ley Malena se extienda al resto de las entidades federativas, ya que muchas de ellas aún no clasifican ni sancionan específicamente los ataques con ácido, y se comprometen a garantizar que las víctimas obtengan la justicia que merecen.