
Este día serán enviadas dos normas para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que fortalecerán la regulación del transporte y la distribución del gas licuado de petróleo, luego de la explosión de una pipa en Iztapalapa, que dejó más de 20 personas muertas.
Durante la Mañanera del Pueblo, Luz Elena González Escobar, titular de la Secretaría de Energía (SENER), explicó que las dos nuevas normas van a complementar la regulación de la NOM-007-SE-SH-2010, que ya regula la distribución del gas LP, así como su transporte en México.
De este modo, se suma la NOM-EM-0006-ASEA-2025 y la NOM-EM-007-ASEA-2025. La primera se enfoca en el transporte y la segunda en la distribución de gas LP en México a fin de que cada una tenga reglamentaciones específicas y esto permita disminuir los riesgos para la población.
González Escobar apuntó que estas dos normas son obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de gas LP y contarán con un plazo de cuatro meses a partir de su entrada en vigor para demostrar su cumplimiento.
🟤 #MañaneraDelPueblo | Con las nuevas normas para el transporte y distribución de gas LP, ahora habrá una inspección en todas las unidades, afirma @Claudiashein.
— Once Noticias (@OnceNoticiasTV) October 2, 2025
“Todos los vehículos que transporten gas LP tienen que tener un gobernador de velocidad”, detalla.… pic.twitter.com/7IrO47A4DE
Las unidades de distribución, comentó, con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad igual o mayor a 10 años contarán con cuatro meses. El resto de las unidades de distribución deberán demostrar su cumplimiento en los próximos seis meses.
¿Qué proponen estas dos nuevas normas?
- Demostrar el cumplimiento del programa de mantenimiento a las unidades vehiculares: se obliga a presentar el dictamen de cumplimiento del programa anual de mantenimiento ante la ASEA.
- Pruebas a recipientes y elementos de seguridad de las unidades de transporte de distribución: obligación de acreditar la realización de inspecciones visuales internas y prueba periódica de presión hidrostático y realizar inspecciones visuales externas y pruebas de fugas


- Certificación de conductores: se debe acreditar la capacitación teórico y práctica a los conductores a través de un estándar de competencia específico para el transporte y distribución del gas LP, avalado por CONOCER
- Control de velocidad e instalación de GPS como medidas para el monitoreo de las unidades: se obliga a contar con aditamentos de control de velocidad y transmisión de la información del GPS conforme a la regulación de la CNE

Porgrama de inspecciones
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) y la Comisión Nacional de Energía (CNE) realizarán inspecciones conjuntas en Plantas de Distribución con criterios homologados para dar certeza del estado de los componentes de seguridad:
- Condiciones físico-mecánicas de las unidades
- Condiciones y elementos de seguridad del recipiente de transporte
- Vigencia de los permisos de operaciones
- Registro del padrón vehicular
- Evidencia de cumplimiento de obligaciones de NOMs aplicables
