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¿En qué lugares públicos ya está prohibido fumar en México?

Foto: Pexels.

En México, el consumo de tabaco en espacios públicos quedó prohibido a partir de este 15 de enero, esto como parte de la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, modificada a finales de 2022.

“México se vuelve uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”, afirmó el titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) de México, Gady Zabicky, en un mensaje en redes sociales por la entrada en vigor del nuevo reglamento de la citada ley.

La reforma, publicada el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) entró en vigor el domingo y con ello se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.

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El director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, aplaudió, en un mensaje en Twitter, la decisión de México.

¡Bravo México! La OMS da la bienvenida a un movimiento audaz en el control del tabaco. ¡Hacemos un llamado a todos los países para fortalecer las políticas contra el tabaco para ayudarnos a prevenir 8 millones de muertes cada año! apuntó el responsable de la OMS.

¿En qué áreas está prohibido fumar?

El Artículo 65 Bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco señala que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva.

Se consideran espacios de concurrencia colectiva y, por tanto, espacios donde queda prohibido el consumo de tabaco y nicotina:

Estos espacios fueron designados en las nuevas modificaciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

No obstante, desde antes, la Ley General para el Control del Tabaco ya prohibía fumar en otros lugares, que son los descritos en su Artículo 26:

Mediante la nueva reforma, las áreas públicas de prisiones y centros de detención serán considerados espacios cerrados.

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Dos principales cambios

En un comunicado conjunto, la Secretaría de Salud (SSa), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Conadic indicaron que las dos principales disposiciones son:

Sobre la comercialización, se establece que en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco de acuerdo con las características publicadas en el DOF el 13 de enero de 2023.

La prohibición de la promoción y publicidad del tabaco incluye también aquella realizada a través de redes sociales, por servicios de streaming, a través de “influencers” o cualquier otra forma de mercadotecnia digital.

En cuanto a la ampliación de espacios 100% libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre.

Así, la Cofepris dijo que se encargará de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento.

En México, existen cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo. 

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