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Expresidentes del PRI impugnan convocatoria que abre la relección de “Alito” Moreno

Alejandro Moreno Cárdenas

Foto: CUARTOSCURO

La reelección de Alejandro Moreno Cárdenas en la dirigencia del Partido Revolucionario Institucional (PRI) continúa causando controversia y descontento al interior del partido, por lo que exdirigentes del tricolor impugnaron ante el Tribunal Electoral de la Federación la convocatoria que abre el camino para la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas.

Los expresidentes del PRI, Pedro Joaquín Coldwell, Enrique Ochoa Reza con el apoyo de Dulce María Sauri Riancho y Manlio Fabio Beltrones, argumentaron que emisión de la convocatoria es totalmente ilegal, al contravenir expresamente lo previsto los artículos 173, párrafo 2 de los Estatutos y 14, párrafos 1 y 4 del Reglamento para la Elección de Dirigentes.

 

¿Cuándo asumió Alejandro Moreno la dirigencia del PRI?

Después de asumir la dejar de Campeche, Alejandro Moreno Cárdenas, en 2019 la dirigencia nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) con la promesa de trabajar “de buena fe” y un llamado a confiar de nuevo en dicha formación política.

Durante la XLVII Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional, Moreno invitó “a los mexicanos que ya no se sintieron representados por el PRI a que regresen al partido”, pues “en el PRI cabemos todos los que amamos a México y los que queremos regresar al poder”.

El 14 de agosto, Alejandro Moreno y Carolina Viggiano ganó la elección interna del Partido Revolucionario Institucional (PRI) para renovar la dirigencia nacional de esta organización política con 1 millón 603 mil 725 votos.

 

Crisis en 2024

Después de la estrepitosa derrota en las pesadas elecciones de 2024 y con la reelección de Moreno Cárdenas, exdirigentes nacionales del Partido Revolucionario Institucional presentaron una denuncia para pedir la anulación de la Asamblea Nacional XXIV, que se celebró el pasado 7 de julio, por el motivo de que se llevó a cabo de manera ilegal y contraria a los estatutos del partido.

 

¿Qué dice la Ley al respecto?

El artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos establece que no se puede modificar los documentos básicos de los partidos en un proceso electoral vigente.

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