La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo, a través de la aplicación de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, cinco bienes inmuebles que pertenecieron al cofundador del cártel Guadalajara en la década de los 80, Rafael Caro Quintero, reaprehendido y encarcelado recientemente.
A través de la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED) de la Fiscalía Especializada de Control Regional, la FGR logró la sentencia favorable en la que se declaró procedente el ejercicio de la acción de extinción de dominio a favor del Gobierno federal sobre las cinco propiedades, ubicadas en Zapopan, Jalisco.
El 25 de octubre de 2019, las representaciones de la FGR presentaron ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, solicitando la asistencia jurídica internacional para el decomiso de los inmuebles mencionados.
La delegación mexicana de la FGR demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito este de Nueva York, toda vez que las cinco residencias fueron adquiridas con recursos procedentes de la venta de narcóticos.
Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizarían notificación a los demandados y se tomarían las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados.
Ello, con la finalidad de que, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de los cinco bienes.
De acuerdo con la fiscalía, al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la unidad especializada.
Agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, la jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y con sede en Ciudad de México, dictó sentencia favorable a favor del estado.