Este martes 12 de enero entran en vigor las reformas a la Ley Federal de Trabajo, publicadas lunes en el Diario Oficial de la Federación, que regulan el teletrabajo y establecen una nueva definición de empleo en el domicilio.
De esta forma, el trabajo en casa, también conocido como ‘Home Office’, será una forma de organización laboral subordinada, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no requiere la presencia física en el centro de trabajo.
Los patrones tendrán como obligaciones especiales: proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como computadoras, sillas ergonómicas e impresoras, entre otros.
También están obligados a pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas, asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación, como internet y teléfono, así como la parte proporcional de electricidad.
La Secretaría de Trabajo (STYPS) deberá elaborar una Norma Oficial Mexicana que considere los factores ergonómicos, psicosociales, y otros riesgos que pudieran causar efectos adversos para la vida, integridad física o salud de las personas trabajadoras que se desempeñen en la modalidad de teletrabajo o también llamado ‘Home Office’.
Esta ley es todo un reto para el mundo del trabajo, el teletrabajo creció de manera importante frente a la pandemia, hecho que fue resuelto por el legislativo y en donde se aprobó una ley que implica una discusión mayor”, comentó la secretaria de Trabajo, Luisa María Alcalde Luján.
La modalidad de teletrabajo formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas, y deberá entregarse gratuitamente una copia de estos contratos a cada una de las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.
Además, los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer mecanismos que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.
El Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de 18 meses para publicar esta norma.