Respecto a la resolución del amparo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en favor de una derechohabiente que denunció una mala práctica obstétrica, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa:
- El Instituto acatará la resolución del máximo Tribunal del país y cooperará en el ámbito de sus atribuciones.
- El caso analizado por la Corte se generó en 2017 en un hospital del Instituto en el estado de Jalisco.
#ComunicadoSCJN
— Suprema Corte (@SCJN) May 26, 2021
La esterilización femenina no consentida constituye #ViolenciaObstétrica institucional como una forma de #ViolenciaDeGénero: #PrimeraSala
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El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la esterilización femenina no consentida, como violencia de género y obstétrica y otorgó el amparo de la ley a una mujer a la que le fue practicada una esterilización sin su consentimiento, durante la práctica de una cesárea en un Hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS.
El pleno de la sala resolvió que a la mujer se le practicó una esterilización no consentida, pues su “consentimiento” no fue previo ni pleno ni libre ni informado, al realizarse en un ambiente de estrés, amenazas e intimidación durante el parto.