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INAI presenta acción de inconstitucionalidad contra padrón de telefonía móvil

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad para impugnar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el Panaut.

En su demanda presentada al alto tribunal, el INAI solicita suspender todos los efectos y consecuencias de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para evitar los daños que se le podría causar a millones de usuarios.

El organismo autónomo refiere que, de acuerdo a los registros del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en México existen 122 millones de usuarios de servicio de telefonía móvil, que verían afectado su derecho a la privacidad.

Ello, derivado de la obligación de entregar datos personales sensibles, bajo un sistema que no establece las garantías mínimas de seguridad y de que el derecho a la privacidad estará debidamente resguardado.

El INAI advierte que de permitir que la reforma entre en vigor y los más de 100 millones de usuarios de celulares en el país entreguen sus datos personales a particulares y al IFT, es una violación que no tiene forma de reparación.

Precisó que una vez entregada la información privada de una persona, el daño es irreversible y el análisis de constitucionalidad giraría en torno a una transgresión ya materializada.

La acción de inconstitucionalidad contra el Panaut será turnada a un instructor, que en los próximos días deberá resolver si se admite a trámite o no la acción de inconstitucionalidad interpuesta, y si se le concede o no al demandante la suspensión de la norma reclamada.

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