Nacional

INE dicta medidas cautelares contra Morena por difundir propaganda gubernamental

Las publicaciones se realizaron vía Twitter y en ellas se identifican acciones de beneficio social que fueron difundidas en periodo prohibido

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de los diputados Alberto Villa Villegas y Rocío Natalí Barrera Puc, pertenecientes al Grupo Parlamentario de Morena, así como a ese instituto político, por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Las publicaciones en cuestión fueron realizadas vía Twitter los días 2 y 3 de marzo pasado, en donde se identifican acciones de beneficio social, al referir que se garantizará el derecho a la salud porque se contará con un servicio integral y que dé bienestar al pueblo de México, y que promoverían la atención oportuna ante emergencias de la salud.

De un análisis preliminar, la Comisión estimó que se acreditan los elementos subjetivos y objetivos necesarios para concluir que se trata de propaganda gubernamental, de conformidad con los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En las publicaciones denunciadas se vincula a personas legisladoras de Morena; y su contenido versa sobre acciones de beneficio social, aunado a que los mensajes fueron difundidos en el periodo comprendido entre la emisión de la convocatoria y la jornada de votación.

Por tanto, se ordenó al Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, por conducto de su coordinador, para que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias y suficientes para eliminar las publicaciones denunciadas de Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo el dominio, control o administración del referido Grupo Parlamentario.

Propaganda del PRI no es calumnia contra Morena

Finalmente, la Comisión declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por Morena en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por un video denominado Libertad de Prensa: Morena 0- PRI 1, difundido en las redes sociales Facebook y Twitter del PRI, por supuesta calumnia en contra de Morena y que supuestamente afectan los procesos electorales en curso.

Desde una perspectiva preliminar, la Comisión determinó que el audiovisual denunciado no constituye calumnia, porque se trata del mensaje de contraste o postura crítica de un partido político, acerca de ciertas frases o expresiones emitidas por el presidente de Morena y la postura del partido político emisor, respecto de los medios de comunicación; hechos de los cuales ha dado cuenta la prensa y que forman parte del debate y la opinión pública, sin que de las expresiones o fragmentos del audiovisual se aprecie, de manera individual o en su conjunto, la imputación directa y sin ambigüedades de hechos o delitos falsos.

Además, se determinó en apariencia del buen derecho, que el contenido del material audiovisual es de naturaleza política y genérica y, consecuentemente, su difusión es válida en todo tiempo, por lo que no existe base para estimar que se violan las reglas sobre propagada de intercampaña.

Los asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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