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Medidas del INE sobre difusión de ideas son represoras: Pablo Gómez

FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

Los lineamientos dictados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para limitar al Ejecutivo Federal sobre la difusión de las ideas y la regulación para aspirantes en el proceso electoral de 2024, “reprimen” el derecho constitucional a la libertad de expresión, así lo afirmó el jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Pablo Gómez.

“La Constitución dice: ‘es inviolable la libertad de difundir opiniones, informaciones e ideas a través de cualquier medio’. Esto nos garantiza a todas las personas el poder ejercer nuestra libertad de difundir opiniones, informaciones e ideas, y prohíbe que cualquier otra persona, un particular, el Gobierno, el Estado intervenga para impedir la difusión de ideas”, detalló Gómez. 

En el programa “Debate Público”, de Canal 14, señaló que bajo esa legislación está prohibido que el INE límite la libertad de expresión de algún individuo.

Debate Público | 25 Julio 2023

Sobre todo, precisó en el caso de la “Mañanera” del presidente Andrés Manuel López Obrador, espacio que se creó como un ejercicio de transparencia. 

“Lo que se está prohibiendo es que la propaganda gubernamental ordenada por el ente público tenga el propósito de hacer propaganda de un gobernante ligándolo a lo que sea, no con las opiniones del gobernante. En todas partes, los gobernantes dan conferencias de prensa, el hecho de que lo haga el Presidente de México de lunes a viernes es una circunstancia muy especial en el país ¿Cuántas veces no aparece Biden dando conferencias?”, apuntó Gómez. 

El Artículo 7° de la Constitución, aclaró, protege la libertad de expresión de los medios de comunicación y plasma que la red internacional es considerada neutral. El  Tribunal Electoral se olvida que este artículo menciona que ninguna ley o autoridad puede establecer previa censura, ni coartar la libertad de difusión.

“Hay países donde no han llegado a eso: plantearse la manera en la que las cosas están escritas en este artículo. Hay censura en otros países. Pero según en nuestra Constitución todo eso es inviolable. Hay que proteger este derecho”. 

De no velar por la libertad de expresión, resaltó, pronto se van a “escoger” cuáles son las ideas que se pueden censurar y se emitirán más decretos que se podrían extender a otros derechos humanos, ya que la forma en la que se está tratando a la libertad de expresión es de manera discrecional, porque el INE está considerando como propaganda todo aquel contenido que no sea de “agrado”. 

Las únicas restricciones de este derecho humano son las señaladas en el primer párrafo del Artículo 6° Constitucional: ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque un delito (pornografía infantil), y perturbar el orden público. 

Estos son los únicos limites que se atañen, no los que dicta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ni los que quiere establecer el INE. 

“Ellos están sujetos a lo que dice la Constitución de este país. Por eso hay que defenderlo. Empezar a limitarlo, a regularlo arbitrariamente, es el camino del atentado de una de nuestras libertades fundamentales más  importantes”, enfatizó. 

La administración actual, dijo Pablo Gómez, es la que más ha respetado la libertad de comunicación “más que ningún otro en la historia del país”. En particular, el Presidente no ha ido a los Tribunales Civiles a reclamar por daño moral o falsedades y no ha hecho ningún litigio civil porque sabe que el Gobierno es el primer garante de la libertad de expresión. 

“Qué bueno que lo ha hecho porque el Gobierno debe dar el ejemplo del acatamiento, de la libertad de difusión, más que nadie porque lo tiene que garantizar”, finalizó. 

¿Qué han dictaminado el INE y el TEPJF? 

La controversia sobre el presidente López Obrador se originó a partir de la denuncia que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, y quienes resultaran responsables, por las manifestaciones expuestas en la Conferencia Mañanera del 26 de junio pasado, en las que descalificó a los partidos de oposición y mostró su apoyo al partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

En atención a ello, ordenó que el titular del Ejecutivo federal se abstuviera de emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, de forma que cuide que su actuar se ajuste a los principios de imparcialidad y neutralidad.

Contra propaganda proselitista 

En acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF, el Consejo General del INE aprobó emitir los “Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los Procesos Políticos”.

Como resultado, el organismo tendrá la autoridad de ordenar el retiro de la propaganda que califique como proselitista y que se halle en espectaculares, pegatinas en vehículos de transporte público y bardas en las que aparezcan los aspirantes. Si no es eliminada, de facto se cargará a su cuenta de gasto de precampaña.

Los Lineamientos, de acuerdo con un comunicado del INE, tienen como objetivo regular y fiscalizar los Procesos Políticos, rumbo a 2024. Las y los aspirantes, detalla, sólo podrán difundir propaganda genérica relativa a sus actividades permanentes, la promoción de la participación de la ciudadanía en la construcción y fortalecimiento de la democracia y mostrar su ideología, valores o principios. 

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